Banco Santander mantiene una provisión de 496 millones para litigios
Banco Santander mantenía una provisión de 496 millones de euros por cuestiones procesales y litigios por impuestos pendientes de 496 millones de euros al cierre de 2020, cinco millones menos que la que tenía un año antes.
Según recoge el informe financiero anual remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), este epígrafe incluye provisiones para procesos de naturaleza fiscal y otros procesos de naturaleza legal como procedimientos judiciales, arbitrales o administrativos iniciados contra Banco Santander.
Entre los principales litigios legales que afectan a Santander, destacan las reclamaciones asociadas a la venta de seguros de protección de pagos (PPI) por Santander UK a sus clientes en Reino Unido. La entidad acumula 4,6 millones de reclamaciones, independientemente de que Santander UK incurra en responsabilidad, y tiene provisionados por este concepto 76 millones de libras (85 millones de euros), sin provisiones adicionales durante 2020.
Asimismo, el informe anual apunta al conflicto con Delfoca (antes Gaesco), a la que reclama 66 millones por impago de los equity swaps contratados sobre acciones de Colonial, mientras que Delfoca y Mobiliaria Monesa demandan al banco la devolución de 56,8 millones que recibió por ejecución de la garantía pactada a cuenta de la liquidación indicada.
En cuanto a la condena que obliga a Santander a pagar a antiguos empleados de Banco do Estado de São Paulo (Benespa) gratificaciones desde el año 1996, Santander interpuso una acción de rescisión para suspender la ejecución de la sentencia, pero el recurso fue inadmitido. Sus asesores legales externos califican el riesgo como «probable», pero la entidad asegura que las provisiones registradas se estiman «suficientes» para cubrir los riesgos.
También se estiman suficientes las provisiones para cubrir los riesgos asociados a las reclamaciones por la resolución de Banco Popular, aunque la entidad reconoce que «no es posible prever el total de las reclamaciones que podrían presentarse por los antiguos titulares de acciones e instrumentos de capital ni sus implicaciones económicas» y que, si hubiese que abonar cantidades adicionales por reclamaciones ya planteadas con interés económico no determinado o por nuevas reclamaciones, «podría producirse un efecto adverso significativo en los resultados y en la situación financiera de Grupo Santander».
Santander también informa en su documento anual de que la investigación sobre la titulización de préstamos para automóviles y prácticas crediticias responsables de los fiscales generales de los estados de California, Illinois, Oregón, New Jersey, Maryland y Washington se cerró tras llegar a un acuerdo el 19 de mayo de 2020, sin impacto significativo para el grupo.
Por otra parte, a 31 de diciembre de 2020 Santander Securities LLC había recibido 770 demandas de arbitraje de la Financial Industry Regulatory Authority (FINRA) de Puerto Rico relacionados con la comercialización de bonos emitidos por entidades públicas y asimiladas, así como fondos cerrados en Puerto Rico. Un total de 141 casos siguen abierto, pero el Santander considera que las provisiones registradas para este asunto son suficientes.
CLÁUSULAS SUELO E IRPH
Otros litigios a los que hace referencia el banco en su informe son los relativos a las cláusulas suelo y al índice IRPH. Tras atender la mayor parte de las solicitudes de clientes, la potencial pérdida residual asociada a procedimientos judiciales en curso por cláusulas suelo se estima en 51 millones de euros, un importe que está cubierto íntegramente con provisiones.
Asimismo, el importe pendiente de pago de los préstamos hipotecarios a personas físicas, referenciados a IRPH y recogidos en el balance del grupo asciende aproximadamente a 3.052 millones de euros.
LITIGIOS FISCALES
Por otro lado, Santander informa de que los principales litigios de naturaleza fiscal que tenía a cierre de 2020 estaban en su mayoría relacionados con su actividad en Brasil. Solo en este país, Banco Santander tiene un riesgo de 821 millones de euros que corresponden a litigios íntegramente provisionados. Además, cuenta con otros litigios por importe de 2.972 millones de euros, pero que no tiene dotados al calificarlos como pasivo contingente.
Algunos de estos frentes son los relacionados con el pago del Impuesto sobre Servicios de determinados ingresos de operaciones que no se clasifican como prestaciones de servicios, así como otros en relación con la sujeción a cotización de la seguridad social de determinados conceptos que no se consideran como remuneración a efectos laborales.
Asimismo, el Supremo Tribunal Federal (STF) admitió a trámite en mayo de 2015 el recurso extraordinario interpuesto por la Unión Federal respecto del PIS, e inadmitió el recurso extraordinario interpuesto por el Ministerio Fiscal en relación con el COFINS, confirmando en este punto la sentencia del Tribunal Regional Federal de agosto de 2007 favorable a la entidad.
Siguen, asimismo, pendientes de recurso ante el Supremo Tribunal Federal los recursos interpuestos tanto por el PIS como por el COFINS por las demás entidades.
Por otra parte, en mayo de 2003 las autoridades fiscales brasileñas emitieron sendos autos de infracción contra Santander Distribuidora de Títulos e Valores Mobiliarios (actualmente Santander Brasil Tecnologia) y Banco Santander (Brasil) en relación con el Impuesto Provisional sobre Movimientos Financieros (CPMF) de los años 2000 a 2002.
La fase administrativa se resolvió de manera desfavorable para ambas compañías, por lo que el 3 de julio de 2015 recurrieron en fase judicial solicitando la anulación de ambas liquidaciones.
Las demandas fueron desestimadas en primera instancia y recurridas en segunda instancia. En diciembre de 2020 se dictó sentencia desfavorable que está pendiente de recurso de aclaración.
LITIGIOS FISCALES EN EEUU Y EUROPA
Fuera de Brasil, Banco Santander cuenta con una acción legal por Sovereign Bancorp (actualmente Santander Holdings USA), por la que está reclamando su derecho a obtener un crédito fiscal en el extranjero por los impuestos pagados fuera de Estados Unidos en los ejercicios fiscales de 2003 a 2005, así como los gastos de emisión y financiación conexos.
El 17 de julio de 2018, el Tribunal de Distrito finalmente falló contra Santander Holdings USA. El 5 de septiembre de 2019 el Tribunal Federal de Distrito de Massachussets dictó una sentencia en la que resolvió la responsabilidad fiscal de la sociedad por los ejercicios fiscales 2003 a 2005, que no tuvo efecto sobre los ingresos.
La entidad ha acordado resolver el tratamiento de las mismas operaciones para los años 2006 y 2007, siguiendo lo establecido en la sentencia del 5 de septiembre de 2019. La Comisión Mixta de Fiscalidad del Congreso ha completado, sin objeción, su revisión del tratamiento aplicable para los años 2006 y 2007. «La Sociedad y el IRS están revisando esta resolución, sin que vaya a tener efecto en resultados», recoge el documento hecho público este martes.
En Europa, Banco Santander ha recurrido ante las instancias europeas las decisiones de la Comisión octubre de 2009 y de 2011, en las que se declara que la deducción del Impuesto sobre Sociedades relativa a la amortización del fondo de comercio financiero constituye una ayuda estatal ilegal.
En noviembre de 2018 el Tribunal General ha confirmado estas decisiones, si bien estas sentencias han sido recurridas en casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). El Abogado General ha emitido su opinión proponiendo la desestimación del recurso. En este sentido, Banco Santander ha añade que esta desestimación no tendría efecto en patrimonio.