El V Convenio de Air Europa incorpora medidas de igualdad y no discriminación LGTBI
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la resolución por la que se registra y publica la modificación del V Convenio colectivo de Air Europa Líneas Aéreas para sus tripulantes técnicos de vuelo. Este acuerdo, suscrito entre la dirección de la empresa y la sección sindical de Sepla, introduce nuevas medidas de igualdad y no discriminación dirigidas al colectivo LGTBI.
El acuerdo, firmado el 6 de mayo de 2025 , busca dar cumplimiento al Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, que desarrolla medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas.
Las modificaciones afectan a varios artículos y anexos del convenio, incluyendo el Artículo 1 (ámbito personal y funcional), Artículo 25 (condiciones de ingreso), Artículo 27 (promoción y remoción), Artículo 29 (promoción por cambio de nivel), Artículo 34 (licencias) y el Anexo V (faltas y sanciones).
Entre las principales novedades, el convenio ahora garantiza la protección contra comportamientos de rechazo, prejuicio o discriminación LGTBIfóbica a través de protocolos contra el acoso y la violencia en el trabajo.
También se establece el compromiso de ofrecer formación obligatoria para erradicar estereotipos en los procesos de selección.
Además, se garantiza el acceso a permisos, beneficios y derechos para las familias diversas, incluyendo a cónyuges y parejas de hecho LGTBI.
En el régimen disciplinario, se considera una falta muy grave todo comportamiento que atente contra la dignidad, intimidad o libertad sexual de cualquier persona, sin importar su orientación, identidad sexual o expresión de género.



