Cerrado el marisqueo de coquinas en todas las zonas de producción del golfo de Cádiz por escasez de recurso
HUELVA, 12
La Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul ha decretado el cierre de la pesquería de coquina (Donax trunculus) en todas las zonas de producción del golfo de Cádiz, debido a la falta de recurso existente y como medida de protección a «los numerosos reclutas hallados».
Según la resolución publicada en el BOJA de este miércoles, con fecha de 4 de noviembre, consultada por Europa Press, en los informes de seguimiento científico elaborados por la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (Agapa) y el Instituto Español de Oceanografía (IEO-CSIC), se constata que la situación del recurso se ha encontrado «debajo de los umbrales de rendimiento medio de captura» durante todo el año, «fuera de los límites biológicos seguros, siendo la tendencia negativa».
No obstante, los últimos informes científicos recibidos arrojan el dato positivo de «un importante aumento del reclutamiento, lo que hace necesario, más si cabe, un cierre de la pesquería, tanto por la falta de recurso existente, como para proteger a los numerosos reclutas».
Por ello, desde la Consejería se ha procedido el cierre de la pesquería de coquina (Donax trunculus) en todas las zonas de producción del golfo de Cádiz, «por escasez de recurso», que entró en vigor desde el pasado 10 de noviembre, con ello se prohíbe el ejercicio de la actividad a los mariscadores profesionales a pie autorizados para la captura de dicha especie por «causa de fuerza mayor a los efectos que proceda» y se mantiene la prohibición de captura de esta especie a los rastros remolcados.
Asimismo, se prohíbe la captura, mantener a bordo, trasbordar, desembarcar y comercializar la especie coquina (Donax trunculus) procedente de las zonas de producción del golfo de Cádiz. Por ello, los ejemplares de esta especie capturados de forma accidental deberán ser devueltos inmediatamente al mar.
Según explica la resolución, la Orden de 20 de julio de 2023, por la que se establece un Plan de Gestión para la especie coquina (Donax trunculus) en el Golfo de Cádiz en las modalidades de marisqueo a pie y rastro remolcado, regula medidas técnicas a fin de alcanzar «niveles de rendimiento máximo sostenible», conforme a lo establecido en el Reglamento de la Unión Europea.
En el artículo 3.1 de la citada orden, se establece que, a efectos de su aplicación, se considerará que la especie coquina (Donax trunculus), se encuentra dentro de unos límites biológicos seguros y, por tanto, explotadas de forma sostenible, cuando la captura total anual inferior o igual al Rendimiento Máximo Sostenible; el umbral medio de captura sea superior a 3,5 kg/mariscador/hora; y el índice mínimo de reclutamiento (D15), definido como el número de individuos inferiores a 15 mm, sea superior a 8 individuos coquinas/metros cuadrados.
En el artículo 3.2 se establece que, atendiendo a los resultados de los estudios de evaluación y seguimiento científico de la pesquería, la Dirección General competente en materia de marisqueo podrá establecer anualmente los puntos de referencia biológicos previstos en el presente artículo.
Así, en su artículo 4.1 se establece que, en el caso de que el valor de captura total anual esté establecido y sea superado, se producirá el cierre de la pesquería de dicha especie durante el resto de la campaña de pesca en curso.
Por otro lado, en su artículo 4.5 se establece que, la medida del cierre de la pesquería se aplicará en todo caso y automáticamente, para las zonas de producción, cuando los valores de rendimiento medio de captura sean igual o inferior a 1,5 kg/mariscador/hora umbral medio de captura crítico , mediante resolución motivada de la referida Dirección General, hasta el momento en el que los resultados del seguimiento científico, ofrezcan las garantías técnicas suficientes para poder permitir nuevamente la actividad pesquera.



