Avanza la tramitación ambiental para la nueva sede del MUPAC y de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte
La Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística de la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente, y Política Social ha publicado hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) el Informe Ambiental Estratégico de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Santander para ubicar en Casimiro Sáinz la sede del Museo de Prehistoria y Arqueología de Cantabria (MUPAC) y de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.
De este modo, el Gobierno se ha decantado finalmente por ubicar junto a la nueva sede del museo la Consejería de Educación, ahora en la calle Vargas, tras haber valorado también el traslado de la de Presidencia, según anunció el pasado mes de febrero el titular de la primera, Francisco Fernández Mañanes.
Ahora, la Dirección General ha resuelto que la modificación puntual del PGOU no tiene efectos significativos para el medio ambiente y por tanto, no necesita evaluación ambiental estratégica ordinaria y no es necesario presentar Estudio Ambiental Estratégico.
La citada modificación puntual tiene como objetivo adaptar las condiciones urbanísticas del ámbito donde se pretende implantar el edificio que albergará el MUPAC y la sede de la Consejería en el área definida por las calles Casimiro Sainz, Canalejas, San Vicente de la Barquera y Juan de la Cosa.
La nueva ordenación busca la integración del edificio en la trama urbana, respetando lascaracterísticas del entorno, de forma que los nuevos usos contribuyan a dinamizar la zona.
Ambas sedes se engloban en un equipamiento de régimen público, cuya situación y formalización concreta será objeto de un concurso de proyectos.
El Gobierno regional ha aportado los programas funcionales y las superficies que sustentan las necesidades de implantación de las dos nuevas sedes, estimándose que la superficie construida total necesaria para el nuevo equipamiento es de 19.000 metros cuadrados, 11.000 para el MUPAC y 8.000 para la Consejería.
La resolución sí recuerda la necesidad de cumplir preceptos legales, como que, con carácter previo a la resolución del concurso de proyecto, para valorar la solución que mejor se integre y minimice las afecciones del volumen en el entorno, las propuestas deberán incorporar un Análisis de Impacto e Integración Paisajística, atendiendo especialmente a la proximidad del Conjunto Histórico Artístico del Paseo Pereda y Castelar.
También apunta que, teniendo en cuenta la alta densidad de la zona y la afluencia de visitantes del MUPAC, se considera necesario se disponga de un amplio espacio público perimetral de aceras, espacios libres y zonas de acceso, que permitan una mayor calidad del paisaje urbano, faciliten el tránsito peatonal, así como una adecuada contemplación del edificio.
Con el fin de minimizar los efectos de la actuación sobre la intensificación del tráfico en la zona, será preciso justificar alternativas de accesibilidad y movilidad, así como ladotación suficiente de plazas de aparcamientos para todo tipo de vehículos en lasproximidades del edificio. Y por ello deberá contemplarse entre las alternativas la prevista de supresión de una de las dos plantas de aparcamiento.
El informe ambiental estratégico no podrá ser objeto de recurso alguno salvo en vía judicial o administrativa.