Asufin sostiene que la sentencia del TJUE sobre la comisión de apertura «tumba la doctrina del Supremo»
Asufin considera que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que se ha conocido hoy «ha tumbado» el criterio del Tribunal Supremo en relación a la comisión de apertura.
«Desde Asufin valoramos muy positivamente esta sentencia, que refrenda el criterio de que, en la mayoría de las ocasiones, la cláusula puede ser considerada nula por abusividad», ha señalado en un comunicado de prensa.
Destaca que el alto tribunal europeo ha argumentado que, cuando se trata de comisiones, «el banco ha de acreditar los servicios a los que responde la comisión y que su coste no es desproporcionado».
En este caso estudiado por el TJUE se ha aludido a cuestiones como el estudio de solvencia del cliente, «que es algo a lo que está obligada la entidad y que va implícito en el pago de intereses, es decir, el precio que se paga por el préstamo».
El TJUE señala –precisa Asufin– que «el consumidor debe poder comprobar que no hay solapamiento entre los distintos gastos o entre los servicios que estos retribuyen». También establece que la comisión de apertura no forma parte del precio del contrato, por lo que queda sujeto a control de abusividad, como el resto de comisiones del préstamo hipotecario.
Por último, la asociación resalta de la sentencia del TJUE que, del hecho de que la comisión de apertura fuera conocida por el consumidor medio, eso suponga que «ello la convierta automáticamente en transparente y, por tanto, no abusiva».
«Para entender superado este control de transparencia, el consumidor tiene que conocer no sólo que se le va a cobrar esa comisión, sino también a qué servicio responde y si el pago de la misma se solapa con otros gastos ya retribuidos por este en el contrato», agrega Asufin.
Por otro lado, el bufete Arriaga Abogados considera que esta sentencia del TJUE «ofrece a los consumidores la posibilidad de reclamar la devolución de esta comisión si consideran que ha sido cobrada de forma abusiva», ya que ha establecido que los jueces españoles «deberán entrar a valorar si esta comisión de apertura en los préstamos hipotecarios es abusiva o no».
El bufete recomienda a los consumidores que se «informen sobre sus derechos» y se aseguren si pueden reclamar la devolución de la comisión de apertura de su hipoteca.