Asufin cree que la comunicación a la CNMV de campañas de criptoactivos no debe reducirse solo a las masivas

La asociación de usuarios financieros Asufin considera que la comunicación previa a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de las campañas de inversión en criptoactivos prevista en la circular publicada este lunes no debe reducirse solo a aquellas masivas (dirigidas a más de 100.000 personas).

Así lo ha señalado la asociación este lunes en un comunicado, después de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Circular 1/2022, de 10 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión.

Asufin considera que el punto de partida es correcto, pero insuficiente. Sí está de acuerdo en que se regule la publicidad a través de comunicación previa, sin necesidad de una autorización, pero defiende que esa comunicación debe darse también en campañas comerciales de difusión limitada o comunicaciones automáticas a clientes.

En esa comunicación previa, el contenido debería ser lo más amplio posible, con información sobre el producto o servicio ofertado, las características de la campaña publicitaria, su duración, el público objetivo, los canales utilizados y la puesta a disposición de las piezas publicitarias que se utilizarán en la misma.

También han puesto de relieve la necesidad de que se cree un registro o depósito público de publicidad, con exigencia de registrar en él cada una de las campañas publicitarias que se lleven a cabo, algo que ya pidieron en su respuesta a la consulta pública del proyecto.

La circular sí exige a los sujetos que mantengan un registro con los datos generales de la campaña (fecha de inicio y de cierre, ámbito territorial, descripción del público objetivo, etc.), información específica sobre las piezas publicitarias y la identificación de proveedores de servicios publicitarios y los contratos.

Por otra parte, Asufin considera que se deben incluir en esta circular todos los servicios relacionados con los criptoactivos y no solo su publicidad, como la custodia y administración por cuenta de terceros, las operaciones en plataformas de negociación, o el asesoramiento sobre estos activos, entre otros.

El texto exige que la publicidad advierta de los riesgos de dichos activos, algo que Asufin cree que se tiene que hacer con un lenguaje veraz, exacto y preciso, al igual que contempla la circular.

La asociación se ha mostrado de acuerdo en que una estandarización en cuánto al contenido de la advertencia, el lugar y la posición dentro de la pieza publicitaria facilitaría al consumidor no solo la comprensión de los riesgos, sino la posibilidad de comparar con otros productos o servicios.

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