Asturias regula el uso de teléfonos móviles solo para fines didácticos en las etapas superiores
OVIEDO, 13
La Consejería de Educación ha publicado este martes unas instrucciones que regulan el uso de los teléfonos móviles exclusivamente con fines didácticos en las etapas de Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional (FP) y enseñanzas de régimen especial en los centros sostenidos con fondos públicos.
Las instrucciones están ya disponibles en el portal Educastur y entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Principado (Bopa), según indican desde el Principado en nota de prensa.
Los centros de enseñanza tendrán de plazo hasta final del curso para adaptar sus normas de organización y funcionamiento interno, así como los planes integrales de convivencia, a lo dispuesto en estas instrucciones.
El documento recoge que los colegios de Infantil y Primaria «han de ser espacios libres de dispositivos móviles». No obstante, se establece como única excepción aquellos menores que necesiten utilizar el teléfono «por razones de salud o personales debidamente acreditadas ante la dirección del centro».
En las etapas superiores -Secundaria, Bachillerato, FP y enseñanzas de régimen especial-, los móviles se podrán usar únicamente con fines didácticos y educativos «siempre y cuando esté debidamente justificada su utilización atendiendo a criterios pedagógicos y adaptados a las características psicoevolutivas del alumnado, en las correspondientes programaciones docentes o didácticas del centro educativo y supervisado por el profesorado».
Por tanto, se evitará el uso de los móviles durante toda la jornada escolar, que incluye el horario lectivo, el tiempo de recreo y los periodos dedicados a actividades complementarias o extraescolares. La limitación se extiende también a pasillos, patios y demás zonas comunes.
Cuando no concurran los mencionados supuestos, el alumnado deberá mantener el móvil apagado desde la entrada al centro de enseñanza hasta la salida al exterior del recinto educativo.
De forma excepcional, la dirección del centro podrá autorizar el uso de estos dispositivos, sin que medien fines pedagógicos, a aquellos estudiantes que lo requieran «atendiendo a sus circunstancias personales, que tendrán que ser debidamente acreditadas».
El incumplimiento de las normas podrá conllevar la retirada del dispositivo, previo apagado por parte del estudiante, y en presencia de dos testigos. Para ello, los centros educativos establecerán los procedimientos para la custodia y devolución de los móviles al concluir la jornada escolar.
La Inspección Educativa, en el ámbito de sus competencias, será el servicio de la consejería encargado de velar por la correcta aplicación de estas instrucciones.
Por otro lado, la Dirección General de Inclusión Educativa y Ordenación ofertará formación a los equipos directivos de los centros y al profesorado sobre el uso adecuado de las herramientas digitales y, en especial, de los dispositivos móviles.
Asimismo, se pondrán a disposición de las familias espacios de participación y seminarios sobre la utilización de dispositivos móviles, redes sociales e internet en los centros educativos.