Argentina y Cuba suman más del 50% de las 300.000 solicitudes de nacionalidad por hijos y nietos de exiliados
El Consejo de Ministros ha acordado prorrogar un año más la medida prevista en la Ley de Memoria Democrática
Los consulados en Argentina y Cuba suman más del 50% de las más de 300.000 solicitudes de nacionalidad española presentadas entre octubre de 2022 y marzo de 2024 en virtud de la Ley de Memoria Democrática, que permite gozar de este beneficio a descendientes de españoles exiliados, según los datos desvelados por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
El Consejo de Ministros ha autorizado este martes, como ya había adelantado en febrero el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, ampliar un año el plazo para ejercer el derecho de optar a la nacionalidad española recogido en la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática, que daba dos años.
Según ha explicado Exteriores en un comunicado, desde que la ley entró en vigor el 22 de octubre de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2024, las Oficinas del Registro Civil Consular habían recibido 301.121 solicitudes de opción a la nacionalidad española de origen. En el primer año de entrada en vigor de la medida, según los datos recabados en su momento por Europa Press, se habían concedido más de 102.000 nacionalidades.
Más del 95% de estas solicitudes se han recibido en los consulados en países de Iberoamérica, así como en el Consulado General de España en Miami. En el caso concreto de Argentina, los cinco consulados generales que hay en el país acumulan el 40% de las solicitudes y si se les suman las recibidas por el Consulado General en La Habana la cifra se eleva al 53%.
Desde el departamento que dirige José Manuel Albares han explicado que en todas las oficinas consulares «existe un número de solicitantes que difícilmente podrán ser citados y atendidos antes de la finalización del plazo de dos años previsto» por la ley.
Por ese motivo, el Gobierno ha decidido prorrogar un año el plazo «de tal forma que se puedan atender todas las solicitudes de cita ya presentadas y pendientes de asignación de fecha, así como todas las solicitudes que se presenten y que no puedan ser atendidas en los dos primeros años de aplicación inicialmente previstos en la ley», ha justificado Exteriores.
En concreto, la citada disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática avala que puedan solicitar la nacionalidad española los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
También se incluye a los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978 así como a los Hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud de la Ley de Memoria Histórica de 2007.