Aragón aprueba un decreto pionero en España para regular las empresas de turismo activo
ZARAGOZA, 15
La directora general de Turismo del Gobierno de Aragón, Elena Allué ha presentado este lunes, 15 de marzo, el nuevo decreto para regular las empresas de turismo activo, una legislación «pionera» en España, que se publica en esta jornada el Boletín Oficial de Aragón (BOA).
En rueda de prensa, Allué ha destacado que la nueva normativa se ha consensuado con el sector y que ha estado encabezada por el vicepresidente y consejero de Industria, Arturo Aliaga, que ha señalado que «Aragón es un referente en el turismo activo, tanto por el número de empresas que tiene como por los reglamentos pioneros que sirven de inspiración para elaborar los de otras comunidades autónomas».
Para Allué, esta práctica «aporta valor añadido» a la comunidad autónoma como destino turístico, por su «especial» orografía y por la «ingente» naturaleza del territorio. Asimismo, sirve para «asentar población en el territorio y mantener la actividad económica en los municipios».
Así, el Ejecutivo autonómico ha actualizado el decreto vigente hasta ahora de 2008, lo que sitúa a la nueva normativa aragonesa en cabeza del conjunto de comunidades autónomas.
Con este nuevo decreto se pretende simplificar los trámites administrativos, reducir las cargas a las empresas, adecuar la organización competencial, incrementar la seguridad en la práctica de las actividades y mejorar las técnicas actuales.
NOVEDADES
Entre las principales novedades destacan: la necesidad de disponer de informes favorables o autorizaciones para que las empresas desarrollen su actividad, así como el cumplimiento de la normativa por parte de las empresas establecidas en otras comunidades autónomas y otros estados de la Unión Europea para el mismo cometido.
Además, las actividades juveniles de aventura quedan excluidas de la normativa y se exigirá una declaración responsable en lugar de la autorización administrativa previa, de la que se encargará el Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial.
También se establece en 6.000 euros por siniestro la cuantía mínima de cobertura de la póliza de seguros de asistencia o accidente que cubra el rescate, traslado y primera asistencia, derivados de accidente por la prestación por la empresa de servicios de turismo activo.
Se elimina la obligatoriedad de tener cubierta «de forma ilimitada» la responsabilidad civil por los daños personales que se causen a los usuarios con ocasión del transporte terrestre privado complementario.
Las empresas del sector tendrán que tener un plan de seguridad y emergencia de acuerdo con la metodología común de elaboración aprobada mediante orden del consejero competente en materia de turismo.
Otra novedad es que el número de signatura correspondiente a la inscripción de la empresa de turismo activo en el Registro de Turismo de Aragón deberá figurar en toda publicación y, en particular, en las acciones de promoción y comercialización a través de canales de oferta turística.
Los monitores, guías o instructores menores de edad y mayores de 16 años que dispongan de las correspondientes titulaciones o certificados de profesionalidad podrán prestar sus servicios siempre que estén acompañados en su desempeño por un monitor, guía o instructor adulto.
El decreto, además, menciona expresamente los títulos de formación profesional de Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre, de Técnico de actividades ecuestres y de Técnico en conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural, así como los certificados de profesionalidad correspondientes a las cualificaciones requeridas para la actividad de que se trate. Estos títulos y certificados no existían en 2008.
Se incorpora la obligatoriedad de que los monitores, guías o instructores que acompañen a los clientes deban portar un dispositivo electrónico de geoposicionamiento global y un dispositivo de comunicación para mantener contacto directo con los responsables de la empresa o con los servicios públicos de emergencias y rescate. Asimismo, estas personas deberán portar un botiquín de primeros auxilios portátil o de campo.
Asimismo, podrán ser limitadas las actividades de turismo activo si en la zona de práctica de las mismas se ha producido una emergencia con un plan de emergencia activado.
Por último, el Gobierno de Aragón ha procedido a la actualización del listado de actividades de turismo activo del Anexo I del Reglamento. En concreto, se han añadido como nuevas actividades las siguientes: Stand Up Paddle, flyboard, marcha nórdica, vías ferratas horizontales, puenting con goma elástica, zorbing o esferismo, parapente con motor, motovelero y talleres de supervivencia.
IMPORTANCIA DEL TURISMO ACTIVO EN ARAGÓN
En Aragón existen 339 empresas de turismo activo –230 en Huesca, 42 en Teruel y 67 en Zaragoza–, con fecha de febrero de 2021.
Estos negocios, en años anteriores a la crisis originada por la COVID-19, han supuesto la creación de más de 1.000 empleos directos en temporada, la realización de 187.000 actividades guiadas –sin contar con las relacionadas con el esquí–, repartidas en más de 40 modalidades diferentes, y con una cifra de facturación directa de entre diez y doce millones de euros, para un gasto repercutido de unos 40 millones de euros.
APOYO DE LA DGA AL SECTOR
El pasado mes de abril, desde el Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, a través de la Dirección General de Turismo, se emitieron varios informes para aclarar determinadas situaciones tras la declaración del estado de alarma por la pandemia, que limitaba la libertad de circulación, salvo excepciones. Esas salvedades no incluían a las empresas de turismo activo.
Por ello, en dicho informe se expone el cierre de la actividad al objeto de que puedan acogerse a las ayudas como actividad obligada a cesar y les sirva frente a las Mutuas para demostrar el cese obligado.
En mayo de 2020, se aprobó la Guía de especificaciones para la reducción del contagio por el coronavirus SARS-COV-2 relativa al turismo activo y ecoturismo, elaborada por el Comité de Técnicos constituido por el Instituto para la Calidad Turística Española (ICTE), en colaboración con el Comité de Técnicos de la Asociación Nacional de Empresas de Turismo Activo (ANETA).
El documento reúne las directrices y recomendaciones a aplicar por las empresas de turismo activo y ecoturismo para minimizar los riesgos de contagio del virus SARS-COV-2 en la prestación de sus servicios.
Por otra parte, con la finalidad de compensar el perjuicio económico de estas restricciones, se aprobaron las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones a personas trabajadoras en régimen de autónomos y pequeñas y medianas empresas del sector turístico aragonés afectadas por la crisis de la COVID-19.
En este sentido, los titulares de actividades de turismo activo pudieron solicitar una ayuda de 1.000 euros en el caso de titulares autónomos y de 1.500 euros en caso de titulares pymes o autónomos que tengan trabajadores a su cargo.
Asimismo, mediante Orden ICD/1406/220, de 28 de diciembre, se han convocado subvenciones a fondo perdido con destino a empresas para actuaciones de infraestructuras relacionadas con la incidencia de la COVID-19, actualmente en proceso de tramitación.
Estas ayudas, a las que pueden acceder las empresas de turismo activo, financiarán con carácter general hasta un máximo del 50 por ciento del coste elegible de la inversión, siendo necesario acreditar una inversión mínima de 1.500 euros y máxima de 10.000 euros, sin IVA.