Agricultura abre a audiencia pública la norma con los ajustes en la aplicación del Plan Estratégico de la PAC
Se modifican las normas de las ayudas de frutas y hortalizas, sector vitivinícola y apicultura
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha iniciado el procedimiento de audiencia e información pública del proyecto de real decreto por el que se realizan ciertos ajustes en la aplicación de las intervenciones sectoriales y otros aspectos del ejercicio de la actividad agraria y de la gestión en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (Pepac) para el periodo 2023-2027.
En concreto, se modifican varios reales decretos relativos al uso sostenible de los productos fitosanitarios, organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas (OPFH), fondos y programas operativos de OPFH, intervención sectoriales vitivinícola y apícola, nutrición sostenible de los suelos agrarios y sobre aspectos de las penalizaciones de las intervenciones recogidas en el plan.
Agricultura ha precisado que la modificación de este paquete normativo, aprobado a finales de 2022, constituye un conjunto de cambios técnicos y precisiones que facilitarán su aplicación, sin que suponga una alteración del enfoque del plan estratégico o de sus intervenciones, sino pequeñas adaptaciones fruto de la experiencia adquirida en el primer año de aplicación.
La experiencia adquirida en la aplicación de la norma que regula el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas ha demostrado la necesidad de reducir el valor mínimo de la producción comercializable para una determinada categoría, e introducir ciertos ajustes técnicos en la regulación de los fondos y programas operativos relativos, entre otros, a las definiciones o las notificaciones a la autoridad competente.
También se introducen algunas modificaciones que afectan al correcto desarrollo del funcionamiento y la gestión de los distintos tipos de intervención (Intervención Sectorial Vitivinícola e Intervención Sectorial Apícola) relacionados con los beneficiarios, el calendario de aplicación o los plazos de notificación.
Respecto a la Intervención Sectorial Vitivinícola, se incorporan ciertas flexibilidades con el objetivo de ofrecer una gestión administrativa de las intervenciones más fácil a las comunidades autónomas, al retrasar hasta el 1 de octubre la fecha en que tienen que remitir la información relativa a los criterios de prioridad, la forma de pago, contribuciones en especie, baremos estándar o los límites máximos.
En el caso de la Intervención Sectorial Apícola, las modificaciones se dirigen a mejorar y simplificar la implementación de las medidas y los procedimientos administrativos que las desarrollan. En particular, se han ajustado fechas y plazos a los períodos de comunicación de indicadores del marco de rendimiento, se han clarificado los plazos de realización de actividades subvencionables (en el caso de la línea 5, sobre investigación aplicada en apicultura), se ha establecido una pauta de financiación que garantice el cumplimiento del plan financiero de esta intervención y se han armonizado determinados aspectos de control.
Por otro lado, las modificaciones en los reales decretos relativos al uso sostenible de productos fitosanitarios y sobre la nutrición sostenible en los suelos agrarios se refieren, principalmente, a ampliar las posibilidades para que las comunidades autónomas flexibilicen, cuando sea necesario, los periodos de prohibición para la fertilización nitrogenada. Así mismo, la propuesta aclara que los pastos en los que no se aplica fertilización están exentos de la elaboración del plan de abonado.
También se favorece la utilización de los estiércoles, promoviendo la economía circular, al flexibilizarse las condiciones del apilado en los recintos, sin comprometerse los objetivos de prevención y reducción de la contaminación atmosférica.
Los cambios introducidos buscan además la coherencia con las obligaciones y los plazos para la entrada en vigor del cuaderno digital, facilitando la incorporación del plan de abonado y su control automatizado.
En relación con las modificaciones que afectan a la gestión del Pepac, se clarifican algunos conceptos que afectan a la determinación de las penalizaciones de las ayudas directas, en particular las relacionadas con los ecorregímenes, que comenzarán a aplicarse en la campaña 2024.
Además, se mejora y aclara algún aspecto del sistema de aplicación de las penalizaciones en las intervenciones sectoriales, como es el caso del sector vitivinícola.