Adicae celebra la decisión del Supremo sobre el plazo de prescripción de las cláusulas de gastos hipotecarios


La asociación de defensa de los consumidores y usuarios de bancos, cajas de ahorro y seguros (Adicae) ha celebrado la decisión del Tribunal Supremo de acogerse a la doctrina fijada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 25 de abril, en lo referente a la no prescripción de la nulidad de las cláusulas de gastos hipotecarios.

«El Tribunal Supremo da un paso más en favor de los consumidores frente a la abusividad por parte de las entidades bancarias», ha señalado la asociación en un comunicado.

Adicae ha aplaudido que el Alto Tribunal se haya mostrado en pleno favor de esta doctrina, como sugieren sus últimas declaraciones en las que indica, según sentencia lanzada contra el Banco Santander, que «el inicial del plazo de prescripción de la acción de restitución de gastos hipotecarios indebidamente pagados por un consumidor será el de la firmeza de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula que obligaba a tales pagos».

A esto se añade el favor del Supremo hacia los consumidores al trasladar que «no cabe presumir que el consumidor pueda razonablemente tener conocimiento de que una cláusula contenida en su contrato tiene un alcance equivalente al de una cláusula tipo que el Tribunal Supremo Nacional ha declarado abusiva».

Acorde a esto, Adicae ha explicado que el Supremo descarga de toda responsabilidad a los usuarios «que no tienen por qué conocer el carácter abusivo de una cláusula concerniente a su contrato».

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