ERC presenta en el Senado una ley para indemnizar a presos preventivos cuyos derechos han sido declarados vulnerados
Propone que la Fiscalía investigue si los magistrados han cometido algún delito con las resoluciones rechazadas por el TJUE o el TEDH
El Grupo parlamentario ERC ha presentado en el Senado una proposición de Ley Orgánica para evitar la impunidad de la vulneración de derechos humanos con la que busca que presos preventivos cuyo derechos fundamentales han sido declarados vulnerados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sean indemnizados.
Así se desprende de la iniciativa presentada por ERC, recogida por Europa Press, que pretende modificar varias leyes, como la del Poder Judicial (LOPJ), la del Tribunal Constitucional, la de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y la que regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para «intensificar los efectos en el ordenamiento jurídico interno de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declaren vulneraciones por parte del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional de derechos y libertades».
«Especialmente cuando hayan comportado privación de libertad o suspensión o privación del ejercicio de derechos políticos, tales como el derecho al acceso a las funciones y cargos públicos en igualdad de condiciones», señala la proposición de ley, firmada por la portavoz de ERC en el Senado, Mirella Cortès y por la senadora Laura Castel.
Se da la circunstancia de que algunos de los líderes independentistas condenados por el procés en Cataluña, como el líder de ERC y exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y el exconseller Raül Romeva, fueron suspendidos de sus cargos como diputado y senador, respectivamente, mientras se encontraban en prisión preventiva, en aplicación del artículo 384 bis de la LECrim tras ser procesados por el delito de rebelión, aunque finalmente fueron condenados por sedición.
Además en el caso de Junqueras, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, presidida por el magistrado Manuel Marchena, confirmó su inhabilitación a pesar de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea reconociera el pasado 19 de diciembre su inmunidad parlamentaria tras haber sido elegido diputado del Parlamento Europeo. CUATRO EFECTOS
Con este contexto, la proposición de ley que se presenta para su debate en el Pleno señala que la vulneración de derechos humanos o libertades fundamentales por parte de las resoluciones judiciales declaradas firmes tendrán «cuatro distintos efectos».
El primero de ellos sería la incoación de una investigación penal por parte de la Fiscalía para determinar «si dicha violación es, asimismo, constitutiva de delito cuando las resoluciones judiciales dictadas por el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, en única instancia, en casación o amparo, hayan comportado privación de libertad y/o suspensión o privación del ejercicio de derechos políticos».
Para ello, interesa modificar la LECrim y la Ley por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para introducir esta nueva función que permitiría al Ministerio Público iniciar «las averiguaciones necesarias para determinar la existencia de delito cometido por el órgano judicial».
En segundo lugar, la iniciativa destaca que se entenderá que dicha situación constituye un supuesto de «funcionamiento anormal de la Administración de Justicia» y, por lo tanto, aquellas personas que hayan obtenido una sentencia favorable del Tribunal Europeo de Derechos Humanos o del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por vulneración de derechos fundamentales por parte de resoluciones judiciales firmes dictadas por los tribunales españoles tendrán derecho a una indemnización.
«La cuantía de la indemnización se fijará en función del tiempo de privación de libertad y de las consecuencias personales y familiares que se hayan producido», indica lo que sería la nueva redacción del artículo 294 de la LOPJ, según la proposición de ERC.
El texto presentado por ERC también hace referencia a la «responsabilidad disciplinaria» de los magistrados que hayan adoptado la decisión criticada por los tribunales europeos, por lo que apunta que ello «constituirá falta grave».
CAUSA DE INELEGIBILIDAD
Por ello, el partido liderado por Junqueras propone que esta situación sea una «causa de inelegibilidad para acceder a ciertos cargos», como el de presidente de Sala del Tribunal Supremo, magistrados de las distintas Salas del mismo tribunal, vocales del Consejo General del Poder Judicial, promotor de la Acción Disciplinaria o el de jefe del Servicio de Inspección.
También sugiere la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para añadir esta causa de inelegibilidad en la designación de miembro del Tribunal Constitucional a aquel magistrado que haya dictado «en los últimos 15 años» una resolución judicial firme cuya vulneración de derechos humanos o libertadesfundamentales hayan sido declarado por los tribunales europeos, «siempre que hubiera comportado privación de libertad y/o suspensión o privación del ejercicio de derechos políticos».