C-LM ya puede contratar médicos jubilados, graduados sin especialidad y estudiantes de último curso
Los profesionales en bolsa de trabajo recibirán el doble de puntuación por su papel desempeñado en plena crisis sanitaria
TOLEDO, 25
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica en su edición de este miércoles una nueva Orden de la Consejería de Sanidad –que entra en vigor hoy mismo– para hacer frente al avance de la pandemia de coronavirus, normativa que recoge extremos como la posibilidad de contratar a personas con un Grado o Licenciatura en Medicina sin título de especialista para la realización de funciones propias de una especialidad.
Según el DOCM, recogido por Europa Press, la duración de estos contratos será de tres meses prorrogables por períodos de un mes, y se suscribirán para la realización de funciones propias de una especialidad.
En virtud de esta nueva instrucción, ya se puede contratar a médicos y enfermeros jubilados después del 15 de marzo de 2018 y menores de 70 años, que podrán ser nombrados personal estatutario eventual en la categoría desde la que se jubilaron, preferentemente por la Gerencia en la que prestaron servicio por última vez.
Estos nombramientos eventuales serán destinados preferentemente a la atención telefónica y al ámbito de la atención primaria, y se activarán previa solicitud de la Gerencia a la Dirección General de Recursos Humanos, quien remitirá a aquella una relación de personas que cumplan los requisitos del presente apartado para su contacto y posterior contratación.
Igualmente, los profesionales sanitarios con dispensa sindical absoluta o parcial de asistencia al puesto de trabajo podrán solicitar con carácter voluntario la reincorporación para el desempeño de funciones asistenciales a su Gerencia.
Dicha reincorporación podrá ser total o parcial y la misma será autorizada por la persona titular de la Dirección Gerencia con indicación del servicio y/o unidad de destino.
MOVILIDAD GEOGRÁFICA
El personal estatutario podrá ser adscrito mediante resolución de la persona titular de la respectiva Dirección Gerencia a funciones distintas a las correspondientes a su nombramiento, así como a unidades o servicios distintos a aquellos obtenidos por los procedimientos de selección, provisión o movilidad.
Podrá ser adscrito mediante resolución del director general de Recursos Humanos a Gerencias distintas a aquella en la que presta servicios. En dicha resolución se determinarán la unidad o servicio de destino así como las funciones que se desarrollarán.
Las adscripciones recogidas en el presente apartado no serán de aplicación a las mujeres que se encuentren en estado de gestación ni a las víctimas de violencia de género, tienen carácter provisional y se deberán adoptar con carácter gradual.
CONTRATACIÓN DE ESTUDIANTES DE ÚLTIMO CURSO
Para la contratación de estudiantes de los grados de Medicina y Enfermería en su último año de formación se suscribirá un contrato laboral de duración determinada, de auxilio sanitario.
Estos contratos se activarán previa solicitud de la Gerencia a la Dirección General de Recursos Humanos, quien remitirá a aquella una relación de personas que cumplan los requisitos del presente apartado para su contacto y posterior contratación.
La duración de estos contratos será de 2 meses prorrogables por períodos de un mes, y en los mismos se deberá indicar que se desarrollan en calidad de apoyo y bajo supervisión de un profesional sanitario.
DISPOSITIVOS PARA PROFESIONALES
La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Recursos Humanos del Sescam, pondrá a disposición de los profesionales que estén prestando servicios en los distintas Gerencias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha durante la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, alojamiento y manutención en distintas dependencias habilitadas a tal efecto.
La solicitud para el uso de estas dependencias será tramitada por el responsable del centro hospitalario designado al efecto, pudiendo hacer uso de ellas todos profesionales desplazados de otras provincias o comunidades autónomas, aquellos que conviven con personas de alto riesgo frente al COVID-19 y que prefieren no regresar a sus domicilios como medida preventiva ante una posible transmisión así como los que por las características de los turnos de trabajo o por la distancia entre su domicilio habitual y el centro hospitalario así lo requieran.
A efectos de valoración de la experiencia profesional en bolsa de trabajo conforme al baremo aprobado en el Pacto sobre Selección de Personal Temporal del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, los servicios prestados en el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2020 y la finalización de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19 serán puntuados duplicando el número de días.