El ejercicio físico como método de prevención y tratamiento complementario debe ser prescrito por el médico
MADRID, 28
La Sociedad Española de Medicina del Deporte (SEMED) y el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) alertan de que el ejercicio físico, pese a no ser una medicina ni un fármaco, debe ser prescrito por el médico si se va a utilizar como método de prevención y tratamiento complementario.
Además, este acto de prescripción del ejercicio físico, es un acto médico que requiere diagnóstico, valoración funcional y seguimiento médico. El ejercicio ha demostrado, «con evidencia científica incontrovertible», según las organizaciones, ser una herramienta «de primer orden», tanto en la prevención como en el tratamiento de un número creciente de enfermedades crónicas.
Así mismo, ambas sociedades, conscientes de que diversos aspectos relacionados con la salud de la población están teniendo una importante repercusión mediática y, en razón de la responsabilidad que les corresponde, quieren aportar su opinión en relación con la utilización del ejercicio físico en la prevención y tratamiento de enfermedades crónicas.
En ese sentido, alertan de que términos como receta deportiva sólo inducen a malentendido y confusión, cuando se utilizan fuera del ámbito de uso correcto por el médico. La ejecución del ejercicio con fines de prevención y de tratamiento, debe ser programada de acuerdo con la prescripción médica y realizada por profesionales que tengan los conocimientos y capacidad para su realización, concretamente fisioterapeutas y titulados en ciencias de la actividad física, cada uno en su contexto.
«Es muy importante que se sepa que hay profesiones sanitarias implicadas muy estrechamente en el ejercicio físico con fines de salud» y que, fundamentalmente son el médico y el fisioterapeuta, precisan. Los titulados en ciencias del deporte, «aunque no son profesión sanitaria, tienen una función primordial en la realización de ejercicio para la salud».
En cuanto a la responsabilidad del tratamiento del paciente y de la persona sin patología que realiza ejercicio físico como medio preventivo, las entidades dejan claro que pertenece al médico. Aunque la colaboración entre los diversos profesionales implicados en el ejercicio físico con fines de salud es «primordial» y «se sustenta en el principio de colaboración, respeto y reconocimiento de las atribuciones que cada uno de ellos tiene perfectamente definida», exponen.
Para paliar el problema de la intromisión entre profesionales, según las sociedades esto «sólo significaría un problema para el usuario o paciente», que son los «objetivos fundamentales» de cualquier estrategia sanitaria y actuación destinada a la prevención y el tratamiento de la enfermedad.
En el caso de asumir funciones médicas por parte de otras profesiones, es preciso indicar que se puede entrar dentro de la consideración de intrusismo, «con las graves consecuencias que puede tener», advierten. Es imprescindible «clarificar todos los conceptos sanitarios sin utilizar elementos de confusión» para que «se sepa inequívocamente lo que significa cualquier actuación relacionada con la salud de los ciudadanos y el profesional que la realiza», aseveran.