Hasta el 58% de los suplementos nutricionales contienen sustancias dopantes no reflejadas en su etiquetado

Entre el 12 por ciento y el 58 por ciento de los suplementos nutricionales contienen estimulantes, esteroides anabólicos y derivados hormonales no reflejados en muchas ocasiones en su etiquetado, según ha puesto de manifiesto un estudio realizado por el Grupo en Alimentación y Nutrición (ALINUT) de la Universidad de Alicante.

El estudio, basado en una revisión de artículos internacionales, publicado en la revista Nutrients y recogido por la plataforma Sinc, describe cómo el consumo de suplementos nutricionales está aumentando a la vez que crecen los casos de dopaje no intencional.

En este sentido, publicaciones recientes muestran que es habitual encontrar pequeñas cantidades de estimulantes (como efedrina, esteroides anabólicos) y derivados hormonales (como testosterona, androsterona y nandrolona), prohibidos por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) y perjudiciales para la salud.

En algunos casos se debe a un control de calidad deficiente por contaminación cruzada durante la fabricación, procesamiento o embalaje aunque, en otros, la adulteración de la sustancia es intencional, como recoge este nuevo artículo.

«Se trata de un problema de salud pública ya el consumo de este tipo de productos para aumentar el rendimiento está en alza tanto en deportistas como en la población general. Además de los graves efectos sobre la salud, hay que añadir daños morales relacionados con pérdida de patrocinadores y sanciones derivadas de una posible detección en las pruebas de dopaje», ha explicado uno de los autores del artículo, José Miguel Martínez.

MEJORAR LA LEGISLACIÓN

A su juicio, la cuestión de seguridad con respecto a los suplementos dietéticos es real, por lo que ha destacado la necesidad de mejorar la legislación actual para garantizar su seguridad y eficacia. Y es que, actualmente se carece de un reglamento o apartado específico sobre el uso y aplicaciones de los suplementos dietéticos o ayudas ergonutricionales para deportistas, vinculados solo por las normas horizontales de legislación alimentaria.

«Es conveniente desarrollar una legislación específica para estos productos con implicación en las políticas sanitarias, de actividad física y deporte, que faciliten la toma de decisiones en los deportistas», ha añadido el experto.

Del mismo modo, el hecho de que en estos productos alimenticios la información a menudo se omita en el etiquetado, explican desde ALINUT, es una razón «más que suficiente» para sancionar a las compañías que las fabrican en conformidad con la legislación para la defensa de la calidad de los alimentos.

La estrategia de búsqueda del grupo de investigación para llevar a cabo el estudio ha sido, tras recuperar más de 440 artículos, analizar un total de 23 procedentes de Alemania, Estados Unidos, Suiza, Polonia, Reino Unido, Bélgica, Canadá, Italia, Australia, Serbia, República Checa y Sudáfrica, publicados entre 2000 y 2017.

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