Díaz firmará el lunes con CCOO y UGT la subida del SMI para 2026 en presencia de Pedro Sánchez
Este incremento, pactado entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos, beneficiará a cerca de 2,5 millones de trabajadores
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, firmará el próximo lunes con los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, respectivamente, la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) en un 3,1% desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026, hasta situarse en 1.221 euros mensuales por catorce pagas, según han informado a Europa Press en fuentes del Ejecutivo.
En el acto de la firma, que se celebrará en el Ministerio de Trabajo a las 11.30 horas, estará presente también el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, según han confirmado las mismas fuentes.
La nueva cuantía del SMI supera en 37 euros al mes ó en 518 euros al año el importe vigente en 2025 (1.184 euros al mes/16.576 euros anuales).
Una vez suscrito el acuerdo, el Real Decreto que recoge la subida del SMI se aprobará previsiblemente en el Consejo de Ministros del martes, si no hay cambios de última hora.
Con la subida del SMI en un 3,1%, el salario mínimo de 2026 queda fijado en 17.094 euros brutos al año y en 40,70 euros brutos al día, con carácter general. Para los eventuales y temporeros, el SMI se establece por jornada legal en la actividad en 57,82 euros, en tanto que los empleados de hogar no podrán cobrar menos de 9,55 euros por hora efectivamente trabajada.
El incremento del SMI, que se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de este año, y que beneficiará a unos 2,5 millones de trabajadores, es fruto del acuerdo alcanzado a finales de enero por el Ministerio de Trabajo y CCOO y UGT y al que no se sumaron los empresarios.
Es el sexto año consecutivo en el que Trabajo pacta en solitario con los sindicatos la subida del SMI.
Como en años anteriores, la actualización del SMI no afecta a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que viniesen percibiendo los trabajadores cuando tales salarios en su conjunto y en cómputo anual fuesen superiores al SMI.
No obstante, deberán ser modificados los salarios establecidos en contratos o pactos de naturaleza privada inferiores en su conjunto y en cómputo anual al importe del SMI de 2026 en la cuantía necesaria para asegurar su percepción, de acuerdo con las reglas de absorción y compensación vigentes.
En este sentido, aunque el Gobierno y los sindicatos han acordado, como parte de su pacto para subir el SMI de 2026, reformar las reglas de absorción y compensación para que la subida del SMI no se diluya alterando los pluses que pueden cobrar los trabajadores, esta reforma se hará en otro Real Decreto distinto, aprovechando la transposición al ordenamiento jurídico español de la directiva europea de salarios mínimos.
Según Trabajo, hacer dos Reales Decretos, uno con la subida del SMI y otro que incluirá la reforma de las reglas de compensación, evita dilatar en el tiempo el alza del salario mínimo que, en todo caso, tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero.



