El Consejo de Enfermería define las actuaciones de las enfermeras de Otorrinolaringología y cirugía de cabeza y cuello
El Consejo General de Enfermería ha establecido el perfil de las enfermeras de Otorrinolaringología y cirugía de cabeza y cuello, así como definido las actuaciones y los cuidados a la hora de tratar estas enfermedades.
A través del documento Marco de Actuación de la Enfermera en Cuidados Avanzados de Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello , esta institución ha buscado fomentar los cuidados expertos en este ámbito, lo que es uno de los principales retos del sistema sanitario.
En este contexto, el Consejo General de Enfermería ha indicado que las citadas dolencias representan entre el 40 y el 49 por ciento de las visitas en Atención Primaria y hasta un 4 por ciento de las consultas en hospitales. Estas tienen importantes repercusiones en la calidad de vida de las personas que las sufren.
Estos problemas afectan a los órganos de los sentidos de la audición, el equilibrio, el olfato y el gusto, y llegan a provocar discapacidades sensoriales. Además, pueden comprometer la vida de la persona por causas oncológicas, infecciosas o hemorrágicas.
Ante esta coyuntura, el Instituto Español de Investigación Enfermera de la corporación autora de este trabajo lo ha elaborado junto a la Asociación Española de Enfermería de Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello (AEEORL-CCC).
ORDENACIÓN DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL
«Llevamos años trabajando en la ordenación de la práctica profesional de las enfermeras y este es un nuevo documento imprescindible para las enfermeras y enfermeros en cuidados avanzados de Otorrinolaringología y cirugía de cabeza y cuello», ha manifestado el presidente del Consejo General de Enfermería, Florentino Pérez Raya.
A juicio del máximo exponente de esta institución, el referido texto «se vincula con el ámbito de la deontología y ética profesional, ofreciendo un patrón de actuación que permita el control de las desviaciones en la práctica profesional, basado en la pericia y experiencia de los profesionales».
Así, este documento pretende agrupar las actuaciones y los cuidados que siguen las enfermeras que trabajan con estas personas, dado que su intervención abarca todas las fases del proceso asistencial, incluyendo la prevención, el diagnóstico, el tratamiento y la rehabilitación integral.
El desarrollo de un marco de actuación específico para las enfermeras en este ámbito se justifica, según el Consejo General de Enfermería, por la complejidad y especificidad de las funciones requeridas, que exigen una alta competencia técnica y clínica. De este modo, se busca garantizar una atención de máxima calidad.
ACABAR CON LAS DESIGUALDADES
«Continuar avanzando en esta línea es fundamental para acabar con las desigualdades y que las enfermeras tengan una guía que refleje las situaciones que atienden en su día a día en este ámbito», ha continuado Pérez Raya, mientras que la presidenta de la AEEORL-CCC, Beatriz Tena, ha declarado que las enfermeras que trabajan en estos servicios atienden a pacientes «con necesidades muy específicas».
Estas personas presentan, «muchas veces», dificultades de comunicación, déficits sensoriales, traqueostomías o comorbilidades asociadas, «lo que exige una alta capacitación y una atención especialmente cuidadosa y personalizada», ha proseguido Tena.
En esta línea, la presidenta de la AEEORL-CCC ha destacado que la meta es «dar respuesta a los relevantes progresos técnicos y tecnológicos que ha experimentado este campo como consecuencia de la investigación, la innovación y el desarrollo».
«Las nuevas modalidades diagnósticas y terapéuticas que se deben llevar a cabo para atender al elevado número de enfermedades radicadas en órganos muy diferentes entre sí exigen adquirir los conocimientos y las habilidades que se necesitan», ha confirmado Tena.
En resumen, este trabajo recoge que la enfermera adaptará la información a la capacidad comunicativa y sensorial de cada persona, asegurando comprensión, accesibilidad y adecuación cultural en todos los procesos de cuidado, y obtendrá siempre el consentimiento válido del paciente antes de realizar cualquier actuación diagnóstica o terapéutica, de acuerdo con la legislación vigente y el Código Ético y Deontológico de la Enfermería Española.



