Piden nueve años a un acusado de desplazar la actividad de dos empresas familiares a otras y de extraer 63.000 euros
La Fiscalía también solicita dos años para su cuñado por cooperador, y la acusación particular incluye a seis empleadas
La Fiscalía solicita una pena de prisión de nueve años a un acusado de desplazar íntegramente la actividad de una asesoría jurídica y una correduría de seguros –empresas familiares que administraba y de las que era titular junto a su madre y su hermana– a otras mercantiles de su propiedad, así como de extraer 63.000 euros del patrimonio social de las primeras.
Además, también acusa a su cuñado por cooperador, para el que pide dos años y medio de cárcel.
Por su parte, la acusación particular, que ejerce la hermana, eleva la pena de cárcel al principal acusado a once años y un mes, y a su cuñado a tres años. Asimismo, pide cinco años y cuatro meses para seis empleadas de sendas empresas que se fueron a trabajar en las nuevas mercantiles, si bien el ministerio público pide el sobreseimiento para ellas.
Explica la Fiscalía en su escrito de acusación, que el que era administrador único de la gestoría y de la correduría de seguros, «con intención de obtener un beneficio patrimonial propio en perjuicio de las mercantiles que administraba y de sus socias», estableció un plan dirigido al desplazamiento íntegro de la actividad empresarial de las dos empresas a otras sociedades de nueva creación controladas por él.
Para ello, «en connivencia» con el otro acusado, su cuñado, crearon dos que inicialmente fueron constituidas por éste pero que posteriormente pasaron a ser administradas por el principal acusado.
El ministerio público señala que para poder llevar a cabo su propósito, era «imprescindible» el apoderamiento de datos reservados y secretos de las mercantiles» que inicialmente administraba, ya que «constituyen gran parte de la esencia de su valor empresarial y su posicionamiento en el mercado».
Para ello, el principal acusado, «como persona que controló en su totalidad y desde el inicio las acciones descritas, instaló, por sí o por tercero, un software para realizar una copia completa en un dispositivo externo de los archivos del servidor común de ambas empresas».
Para la Fiscalía, ambos acusados «ejecutaron la captación de datos» y «posteriormente los cedieron» a las empresas que habían creado «para el desarrollo empresarial de ambas mercantiles en grave detrimento económico de las empresas titulares de la información reservada».
Por otro lado, el principal acusado, «con la intención de obtener un incremento patrimonial ilícito y en ejecución del plan de vaciamiento empresarial», realizó una serie de transferencias a cuentas de su propiedad por un valor de 63.000 euros que no fueron reintegrados.
Finalmente, cesó como administrador, pero meses antes había constituido una empresa «con idéntico objeto de intermediación en el mercado de seguros».
Así las cosas, «quebrantando el deber de lealtad establecido estatutariamente y legalmente por su cargo de administrador y empleado» de las primeras mercantiles, cuando todavía era el administrador, suscribió como apoderado de su nueva empresa un contrato de intermediación con una mercantil dedicada a mantenimiento y reformas para comercializar sus servicios, que obtuvo unos ingresos brutos de 49.000 euros.
Para el ministerio público, todos estos hechos constituyen un delito de revelación de secreto de empresa, otro continuado de apropiación indebida y un tercer delito de administración desleal. Considera al principal acusado autor de los tres delitos, y a su cuñado, cooperador necesario del primero.
La pena solicitada para el primero es de nueve años de prisión y 3.600 euros de multa, mientras que para el segundo es de dos años y medio de cárcel.
En concepto de responsabilidad civil, por el delito de apropiación indebida, el primero debería indemnizar a las mercantiles que administraba en 63.000 euros por el delito de apropiación indebida, y en lo que se determine en ejecución de sentencia por los otros dos delitos.
SEIS TRABAJADORAS
Asimismo, la Fiscalía solicita el sobreseimiento respecto de las seis trabajadoras de las mercantiles acusadas por la acusación particular ya que, según señala, «no resulta acreditado que las acciones aportadas por las investigadas fuesen esenciales» en el apoderamiento de los datos.
A su juicio, la labor de éstas fue realizar «el traspaso empresarial o captación de clientes para la nueva empresa» que, según considera, «sin duda merecen un reproche en la jurisdicción social, no así en la jurisdicción penal», ya que «se limitaron al uso de la información que les proporcionó su jefe», añade.
Sin embargo, la acusación particular no comparte esta apreciación y extiende la acusación a las empleadas.
Califica los hechos como revelación de secretos de empresa, suplantación de identidad, apropiación indebida y administración desleal.
Así, el primer delito lo atribuye a los dos acusados y a las seis trabajadoras acusadas, como cooperadoras necesarias. A ellas, también le atribuye el de suplantación de identidad y, además, a una la considera cooperadora necesaria del delito de administración desleal.
La pena para el principal acusado que pide la acusación particular asciende a once años y un mes de prisión, y 10.800 euros de multa, para su cuñado solicita tres años de cárcel y multa de 6.480 euros, y para las trabajadoras, cinco años y cuatro meses de prisión y 6.480 euros de multa.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial comenzará el juicio por este caso este lunes, 2 de febrero, a las 10.00 horas. Está previsto que continúe hasta el viernes 6, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.



