Sindicatos nacionalistas estatales exigen poder fijar un SMI propio en sus comunidades autónomas
Centrales sindicales de Euskadi, Galicia, Cataluña, Baleares y Comunitat Valenciana proponen para ello la reforma del Estatuto de Trabajadores
BILBAO, 27
Los sindicatos ELA, CIG, LAB, Steilas, Etxalde, Hiru, Intersindical Valenciana, Intersindical Catalana, IAC y STEI han acordado un manifiesto conjunto para reclamar al Gobierno central poder fijar y decidir SMI propios en sus comunidades autónomas, que deberá ser siempre superior al establecido por el Estado en cómputo anual y mensual.
Representantes de las diez centrales sindicales de Euskadi, Galicia, Cataluña, Baleares y Comunitat Valenciana han comparecido este martes en la sede de ELA en Bilbao para explicar que su propuesta unitaria busca modificar el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores mediante una reforma que establezca una nueva regulación en forma de artículo único.
Su iniciativa conjunta contempla asimismo la petición de reuniones tanto a partidos políticos de sus respectivos territorios con presencia en el Congreso así como un encuentro con la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.
Tal y como han coincidido en sus respectivas intervenciones, desde su punto de vista, es evidente la insuficiencia de las cuantías en las que se fija el SMI para afrontar los altos coste de la vida» cuando, desde su perspectiva, «el salario mínimo es una herramienta fundamental en favor de la cohesión social y hacer frente a la pobreza».
Sin embargo, y tal y como han denunciado, «el Estado español impone un SMI único que no se adapta a las necesidades ni a la voluntad de las naciones vasca, gallega y catalana» y, además, han añadido, «la regulación laboral española provoca un creciente empobrecimiento de grandes capas de personas asalariadas mientras se ahondan las brechas, la precariedad y las desigualdades».
Esto ocurre, han subrayado, debido a «la existencia de una regulación estatal única, centralista y negadora de la realidad plurinacional del Estado, junto con la imposición de las sucesivas reformas laborales que conforman una legislación laboral que normaliza la precariedad laboral y los bajos salarios a través de la imposición del trabajo a tiempo parcial y de los contratos fijos discontinuos».
«El SMI español no se adapta a las realidades nacionales ni a los indicadores socioeconómicos que generan justicia social», han explicado, además de que, en su opinión, «los mecanismos de absorción que permite la ley disminuyen sustancialmente el efecto de hipotéticas subidas y evita su aplicación sobre miles de personas trabajadoras», han criticado.
Dentro de su línea de actuación conjunta, estos diez sindicatos han anunciado su intención de solicitar reuniones con todos los partidos políticos con representación en el Congreso a excepción del PP y Vox, así como con la vicepresidenta Yolanda Díaz, para que «pongan en marcha iniciativas legislativas para modificar el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores».
En representación de los sindicatos vascos han intervenido el secretario general de ELA, Mitxel Lakuntza y la coordinadora general de LAB, Garbiñe Aranburu, quienes han abogado por «descentralizar» el salario mínimo porque el modelo actual tiene «afán centralizador e impone una legislación que precariza salarios y condiciones laborales a la baja con ese marco de relaciones laborales».
Según han enfatizado, su acuerdo es el reflejo de «un sindicalismo combativo que hace frente a la puesta en escena del llamado diálogo social que, con acuerdo o sin acuerdo, solo va sumando más incapacidad para corregir las desigualdades sociales crecientes».
Una vez acordado su manifiesto conjunto, los sindicatos proponentes entregarán una propuesta concreta de articulado que se realiza en un contexto en el que se tiene que debatir sobre la modificación del citado artículo como consecuencia de la directiva (UE) 2022/2041 y poder aplicar así dicha directiva europea.
PROPUESTA DE ARTÍCULO ÚNICO
El texto del artículo único con el que contemplan la modificación de la regulación del SMI establecido en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (TRLET) 2/2015, de 23 de octubre establecerá que el Gobierno fijará anualmente, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, el salario mínimo interprofesional.
Para hacerlo tendrá en cuenta el índice de precios de consumo, la productividad media nacional alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional, la coyuntura económica general, la renta, el coste de la vida u otros indicadores similares.
Además de incluir una revisión semestral para el caso de que no se cumplan las previsiones sobre el índice de precios citado, las comunidades autónomas podrán establecer un SMI aplicable en su territorio y con independencia del convenio colectivo de aplicación.
El SMI establecido en cada comunidad autónoma, fijado por su correspondiente gobierno autónomico, deberá ser siempre superior al SMI español establecido por el Estado en cómputo anual y mensual y que, en todo caso, se mantendría como mínimo o suelo para todo el Estado.


