Arriaga Asociados celebra la sentencia del TJUE sobre el IRPH: «Fallo favorable a los consumidores»


Arriaga Asociados ha celebrado la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la cláusula del índice de referencia de préstamo hipotecario (IRPH) donde se especifican una serie de condiciones para poder considerar que hay falta de transparencia y abusividad.

El bufete señala, a través de un comunicado, que la resolución es «claramente favorable para los consumidores», ya que reconoce la posibilidad de que el IRPH pueda ser considerado abusivo, ya que afirma que «el mero hecho de tratarse de un índice oficial publicado en el BOE no es suficiente para estimar la buena fe de la entidad ni el cumplimiento de sus obligaciones de información al consumidor de que, para equipararlo al mercado, el índice IRPH debía incluir un diferencial negativo, así como proporcionarle toda la información necesaria para que comprendiera las consecuencias de lo que estaba firmando».

Así, considera que el tribunal europeo ha abierto la vía a que pueda ser declarado abusivo y, por tanto, la revisión «caso a caso de miles de cláusulas hipotecarias que lo aplican».

A partir de ahora, Arriaga Asociados espera que los tribunales españoles revisen los contratos que incluyen el IRPH y determinen si las cláusulas que lo aplican son abusivas.

«El Tribunal Supremo tendrá que revisar su jurisprudencia respecto a la presunción de buena fe de las entidades, ya que el TJUE considera que en cada caso habrá que analizar que el profesional ha facilitado la información suficiente: comparación con otros índices del mercado, evoluciones pasadas, explicación del método de cálculo; incluso si se trata de un índice oficial», sostiene el despacho de abogados.

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