La CNMV admitirá informes de sostenibilidad conformes a la directiva europea CSRD a partir de 2025


Aunque esta directiva no se haya trasladado a la normativa española a 31 de diciembre de 2024

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) admitirá la información de sostenibilidad que estén conformes con la directiva europea sobre reporte corporativo de sostenibilidad (CSRD) y los estándares europeos del Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (ESRS), aunque no se haya realizado la transposición a la normativa europea a 31 de diciembre de 2024, fecha de entrada en vigor en la UE, según ha informado en un comunicado conjunto con el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

En concreto, explica que a partir de 2025, la información de sostenibilidad en la UE será elaborada de conformidad con la Directiva CSRD y los estándares ESRS, así como las respectivas legislaciones nacionales de implementación.

«Esto supone un hito muy relevante en el ámbito de la información sobre sostenibilidad, ya que, por primera vez, en el ejercicio 2024 los emisores europeos de más de 500 empleados aplicarán unos estándares comunes, con un contenido mucho más exigente que el marco normativo anterior, compuesto por la ley 11/2018, de 28 de diciembre, sobre el Estado de Información No Financiera, y suministrarán información mucho más comparable», explica la CNMV en un comunicado.

Para el supervisor español es, por tanto, «claramente conveniente» que los inversores y otros usuarios reciban ya en 2025, de los emisores con más de 500 empleados, información que sea homologable con la que suministrarán la mayoría del resto de emisores de la Unión Europea.

Sin embargo, cree que es posible que la transposición al derecho español de la directiva no esté finalizada a 31 de diciembre. Sin embargo, la CNMV admitirá ya en 2025 informes de sostenibilidad conformes con las ESRS, puesto que se considerarán conformes también con la ley 11/2018, sujeto a que se observen ciertas consideraciones respecto de la información fiscal, el régimen transitorio y determinados desgloses laborales.

La CNMV recomienda, de hecho, que los emisores españoles que estén en disposición de hacerlo con fiabilidad publiquen ya en 2025 información no financiera de conformidad con los ESRS, sin perjuicio de tener en cuenta las consideraciones mencionadas.

En relación con la verificación de esta información por un experto independiente, la CNMV recomienda que los verificadores tengan en cuenta los últimos desarrollos nacionales e internacionales, concretamente el texto de la norma técnica de verificación no aprobada del ICAC, las directrices publicadas por COESA y la ISSA 5000, sujeta a su aprobación con anterioridad a la emisión del informe de verificación.

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