Anulada resolución Euipo que desestimó nulidad de marca Vega del Obispo Bio Jaén para aceite de oliva virgen


El Tribunal General de la Unión Europea ha anulado la resolución de Euipo que desestimó la nulidad de la marca Vega del Obispo Bio Jaén para aceite de oliva virgen y deberá adoptar otra nueva, según informa en un comunicado.

En concreto, el Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida Aceite de Jaén (Mengíbar, Jaén), presentó ante la Euipo una solicitud de nulidad de la marca de la Unión registrada a raíz de una solicitud presentada en octubre de 2020 por la cooperativa Agrícola La Loma S. Coop. Andaluza (Torreblascopedro, Jaén).

El Consejo Regulador sostenía que la Euipo había violado el principio de contradicción y vulnerado su derecho de defensa, al haber basado su resolución en elementos sobre los que el Consejo Regulador no pudo pronunciarse.

El Tribunal General recuerda que la Euipo solo puede aceptar pruebas presentadas por primera vez ante ella en fase de recurso cuando dichas pruebas cumplan dos requisitos acumulativos: pueden ser relevantes a primera vista para resolver el asunto y no fueron aportadas oportunamente por causas justificadas.

Así, el tribunal señala que, en la resolución impugnada, la Euipo no hace referencia alguna a las razones por las que admitió la prueba presentada por primera vez ante ella en fase de recurso por la cooperativa

De esta forma, el fallo destaca que la Euipo basó su análisis exclusivamente en la certificación para demostrar que el producto de que se trata respondía a características biológicas o ecológicas, en el marco de la apreciación de uno de los factores de engaño de la marca controvertida.

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