La CNMV publica el manual para la solicitud de la autorización de entidades de criptoactivos


También publica el modelo de notificación de información que han de presentar algunas entidades para prestar servicios de criptoactivos

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha publicado este martes nuevos documentos relacionados con la próxima entrada en vigor -prevista para el 30 de diciembre- del reglamento europeo relativo a criptoactivos (MiCA, por sus siglas en inglés) con el objetivo de facilitar la tramitación de los expedientes para ofrecer servicios de criptoactivos.

El supervisor bursátil ha detallado que se trata del manual para la solicitud de la autorización de proveedores de servicios de criptoactivos (PSC) y el modelo de notificación de la información que han de presentar determinadas entidades financieras para prestar servicios de criptoactivos.

La CNMV ha recordado que el reglamento MiCA no es aplicable hasta el 30 de diciembre de 2024, por lo que no autorizará a ninguna entidad a prestar servicios de criptoactivos hasta ese momento; no obstante, los interesados podrán presentar sus solicitudes a partir de septiembre para facilitar y agilizar el proceso.

La CNMV cumple así con uno de sus objetivos del plan de actividades para 2024 destinado a facilitar a los intermediarios financieros interesados su preparación para la entrada en vigor del reglamento en cuestión.

Ambos documentos publicados tienen por objeto facilitar los procesos de autorización de proveedores de servicios de criptoactivos y de notificación de las entidades financieras que deseen prestar estos servicios, ya que el manual y el modelo suponen una guía sobre la documentación e información exigibles a los interesados.

De hecho, el supervisor de mercados anticipa la difusión de ambos documentos a la aprobación, aún pendiente a nivel europeo, de las normas de desarrollo del Reglamento MiCA (normas técnicas de regulación -RTS- y de ejecución -ITS-) relacionadas con los procedimientos de autorización y de notificación.

En ese sentido, cabe reseñar que el manual y el modelo de la CNMV se han elaborado a partir de los últimos borradores disponibles de las citadas normas de desarrollo, y se ajustarán, si fuera necesario, a sus contenidos finales.

El manual y el modelo de notificación serán de uso obligatorio, en tanto que la CNMV ha recomendado a los promotores de PSC que, antes de presentar la solicitud formal, soliciten una reunión con el departamento de Autorización y Registros de Entidades (DARE), ya que gestionará los expedientes y para enfocar así la tramitación de las correspondientes solicitudes. La dirección electrónica de dicho departamento es dare@cnmv.es.

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