Juez y fiscal del caso Cursach, condenados a 9 años de cárcel cada uno por obstrucción a la justicia y coacciones
Para Penalva y Subirán se fija, con todo, un límite de las penas de cárcel en siete años y medio
PALMA, 15
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha notificado este miércoles la sentencia, de más de 500 folios, contra los investigadores del caso Cursach, condenando a nueve años y un día de cárcel al juez Manuel Penalva y al fiscal Miguel Ángel Subirán.
En concreto, a Penalva, por un delito de omisión de perseguir un delito de revelación de secretos, en grado de continuidad delictiva, se le impone una pena de dos años de inhabilitación especial para empleo y cargo público.
Además, como autor responsable de tres delitos de obstrucción a la justicia se le condena a dos años y medio de cárcel por cada uno de los dos primeros y a la misma pena, más un día de prisión, por el tercero, y como autor de un delito de coacciones en persona del expolítico del PP Álvaro Gijón, a un año y medio de prisión.
El total de las penas impuestas asciende a nueve años y un día de prisión. Con todo, se fija el límite de las penas en siete años, seis meses y tres días de prisión. Del resto de delitos objeto de acusación queda absuelto.
Al fiscal Miguel Ángel Subirán se le condena como responsable de un delito de omisión de perseguir un delito de revelación de secretos a dos años de inhabilitación.
De otro lado, como autor responsable de tres delitos de obstrucción a la justicia se le condena a dos años y medio de prisión por los dos primeros y a la misma pena, pero con un día más de prisión, por el tercero, y por un delito de coacciones en persona del expolítico del PP Álvaro Gijón a un año y medio de prisión.
El total de su condena asciende a nueve años y un día de prisión. Con todo, también se fija el límite de las penas en siete años, seis meses y tres días de prisión, y queda absuelto del resto de delitos objeto de acusación.
TRES POLICÍAS CONDENADOS
En el banquillo se sentaban también cuatro miembros del Cuerpo Nacional de Policía del Grupo de Blanqueo de Capitales, en concreto el inspector jefe José Luis García Reguera, el subinspector Miguel Ángel Blanco, la subinspectora Blanca Ruiz y el policía Iván Bandera.
El primero de ellos ha quedado absuelto al considerar el Tribunal que no hay prueba suficiente para su condena.
A Miguel Ángel Blanco se le condena, por un delito de obstrucción a la justicia y coacciones sobre Álvaro Gijón, a tres años y diez meses de prisión.
A Blanca Ruiz se le condena, por un delito de obstrucción a la justicia, a un año y dos meses de prisión.
Y a Iván Bandera se le condena, por un delito de obstrucción a la justicia y otro de coacciones sobre Álvaro Gijón, a un total de dos años y cuatro meses de cárcel.
Por otro lado, a todos los acusados condenados se les impone como pena accesoria la de inhabilitación especial para el ejercicio de su empleo o cargo público como funcionarios de policías y como juez y fiscal, por el tiempo que se estableció como duración de las penas privativas de libertad.
Además, por vía de responsabilidad civil, Penalva, Subirán, Blanco y Bandera deberán indemnizar, conjunta y solidariamente, a Álvaro Gijón en la cantidad de 6.500 euros por daños morales.
En concepto de multa, se impone el pago de más de 16.000 euros a Penalva y Subirán –cada uno–, de cerca de 3.000 euros a Blanco y de más de 1.000 euros para Ruiz y Bandera –cada uno–. Todo ello, más costas procesales.
Igualmente, el fallo concluye que no cabe deducir testimonio contra una testigo por la presunta comisión de un delito de falso testimonio en el juicio, al no haber motivos para ello.
Se destaca que contra dicha resolución cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en un plazo de cinco días al de la última notificación de la sentencia.
ANTECEDENTES
En el banquillo se sentaron, durante semanas, el juez y el fiscal del caso, Manuel Penalva y Miguel Ángel Subirán, además de cuatro miembros del Cuerpo Nacional de Policía del Grupo de Blanqueo de Capitales, en concreto el inspector jefe José Luis García Reguera, el subinspector Miguel Ángel Blanco, la subinspectora Blanca Ruiz y el policía Iván Bandera.
A lo largo de las sesiones pasaron por la Sala cientos de testigos entre policías, testigos protegidos, empresarios o periodistas, cuyas declaraciones ocuparon más de 20 sesiones.
También se dedicaron días previos a las declaraciones de los acusados y, anteriormente, a la presentación de las cuestiones previas, a raíz de las cuales quedaron anuladas parte de las pruebas sustentadas por las acusaciones.
En concreto, el Tribunal dictaminó, entre otras cuestiones, que no se podían valorar como prueba los hallazgos obtenidos de los teléfonos de los policías en lo relativo al chat Sancus en todo lo que tuviera que ver con filtraciones a los medios.
En su escrito de más 30 páginas, la Fiscalía Anticorrupción atribuyó a Penalva y Subirán delitos de revelación de secretos, obstrucción a la justicia, detención ilegal, prevaricación e inducción al falso testimonio, solicitando para ambos 118 y 121 años de prisión, respectivamente. También pedía 162 años de inhabilitación y 59.400 euros de multa para Penalva y 162 años de inhabilitación y 72.600 euros de multa para Subirán. En el escrito se señalaron las instrucciones de los casos Cursach, ORA, IME y Madame.
Además, para el Grupo de Blanqueo pedía, por delitos de revelación de secretos, detención ilegal, prevaricación y obstrucción a la justicia, penas que sumaban más de 340 años de prisión.
A estas peticiones de cárcel se adhirieron las presentadas por los abogados de Bartolomé Cursach, Bartolomé Sbert, Jaime Lladó y Antonio Bergas. En el escrito, reclamaron penas de más de 200 años de cárcel y 338 años de inhabilitación, y multas que conjuntamente ascendían a 2,3 millones de euros por delitos continuados de revelación de secretos, obstrucción a la justicia, omisión del deber de perseguir delitos, prevaricación y coacciones.
A lo largo de las 32 páginas del escrito, firmado por los fiscales Tomás Herranz y Fernando Bermejo, el Ministerio Fiscal situó entre 2013 y 2018 cómo el juzgado de Instrucción número 12 de Palma siguió varios procedimientos penales para la investigación de diferentes hechos en los que intervinieron los seis acusados.
En las fechas mencionadas, el Ministerio Fiscal también describió cómo los medios de comunicación divulgaron información de las investigaciones judiciales del caso Cursach, ORA e IME con informaciones «facilitadas por los acusados y sin que evitaran o impidieran su divulgación ni investigaran quién filtraba la información». En detalle, en el escrito se desgranaron informaciones publicadas en diferentes medios de Baleares estando la causa bajo secreto de sumario.
Además, Fiscalía sostuvo que las detenciones de 15 personas en el caso ORA se llevaron a cabo tras un testimonio «de contenido completamente inconcreto y especulativo». Indicó que tras «una muy deficiente investigación», los acusados practicaron detenciones, presiones a detenidos, investigados y testigos y envíos a prisión.
La Fiscalía también aludió a la detención del ex político del PP Álvaro Gijón, su hermano y sus padres con la motivación de «presionar y ablandarlo», y a la imputación a cada uno de varios delitos «inexplicablemente».
La Fiscalía describió siete hechos más en las instrucciones judiciales del caso Cursach en las que señala presiones de Penalva, Subirán, Blanco, Bandera, Ruiz y Reguera a diferentes testigos y detenidos, entre ellos el director general del Grupo Cursach, Bartolomé Sbert.