Un informe advierte que la defensa de la autonomía de Ceuta y Melilla no está garantizada si no pueden recurrir al TC

El autor insta al Gobierno a reforzar la relación con Ceuta y Melilla para reducir desigualdades con el resto de CCAA

El último informe del Observatorio de Ceuta y Melilla advierte que, mientras estas dos ciudades no tengan la posibilidad de interponer recursos de inconsitucionalidad y conflictos de competencia ante el Tribunal Constitucional, la defensa de la autonomía de estos dos territorios «no está garantizada».

Así consta en este informe, que lleva por título La adecuación de las ciudades de Ceuta y Melilla a la organización y funcionamiento del Estado autonómico , y ha sido elaborado por el doctor en Ciencias Políticas Adolfo Hernández Lafuente y se ha presentado este jueves en un acto en el Congreso.

Para los autores de este estudio, la imposibilidad de que las dos ciudades puedan recurrir al Constitucional en estos casos provoca una «indefensión» al no tener «los instrumentos jurisdiccionales de defensa de la autonomía».

«Es un tema principal que requeriría la especial colaboración del Estado», plantea el informe, aunque reconocen que la solución de esta carencia «no es fácil», ya que habría que ampararse en lo establecido en la Constitución y en la ley orgánica del TC, donde lo establecido es en relación con el carácter de comunidades autónomas.

POR SU UBICACIÓN GEOGRÁFICA

Asimismo, este informe señala que las desigualdades de las dos ciudades respecto al resto de comunidades autónomas no están causadas exclusivamente por su tamaño, sino también por los efectos de su ubicación geográfica, por lo que los autores del texto instan al Gobierno central a considerar una relación «más directa» con ambos territorios.

El estudio ahonda en las diferencias competenciales entre Ceuta y Melilla y las comunidades autónomas, algo que achacan en cierto modo a los efectos que la atribución de poderes de las dos ciudades autónomas, por su ubicación geográfica, pueden producir en un contexto internacional.

Por ello, creen que la tendencia a la uniformidad entre la autonomía de las dos ciudades y el resto de las comunidades autónomas «es una premisa que debe ser tenida en cuenta». «Se trata de que las diferencias no ocasionen motivos importantes de desigualdad, ni justifiquen privilegios, ni sean causa de la desidia o de la discriminación», sostienen los autores del informe.

MÁS DE VEINTE AÑOS DE ESTATUTO

El informe también hace un repaso histórico de la aprobación de ambos Estatutos de autonomía hace ya 28 años: «Es sorprendente que no haya habido ningún estudio, auditoria o evaluación sobre el funcionamiento de la administración de ambas ciudades, cuando es evidente que hay aspectos a mejorar».

A este respecto, el autor ha destacado durante la presentación del informe que «el ordenamiento jurídico vigente ha comenzado a petrificarse al carecer las ciudades de competencia legislativas propias, junto con la falta de agilidad por parte del Estado a la hora de actualizar la legislación».

No obstante, el informe no entra a exigir una reforma inmediata de los Estatutos, aunque cree que habría que evaluar la oportunidad de introducir algunas fórmulas relacionadas con su capacidad ejecutiva y legislativa.

En este contexto, plantean que el presidente de la ciudad autónoma no ejerza efectivamente la Presidencia de la Asamblea, «para lo que bastaría que delegara en el primer vicepresidente».

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