El Gobierno rebajará la mayoría del CGPJ para elegir magistrados del TC y así desbloquear su renovación
Los vocales del órgano de gobierno de los jueces que insistan en el bloqueo incurrirán en responsabilidades penales
El PSOE y Unidas Podemos han aprovechado su proposición de ley de supresión del delito de sedición para presentar dos enmiendas destinadas a forzar el desbloqueo de la renovación del Tribunal Constitucional y concretamente los dos puestos que competen al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ): por un lado, se rebajarán las mayorías en el Consejo para nombrar magistrados y, por otro, se imputarán responsabilidades penales a los vocales que impidan los nombramientos.
Una de las enmiendas implica reformar la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial para cambiar la mayoría de tres quintos que debe sumar el CGPJ en la elección de los dos magistrados al Constitucional que le corresponden, de modo que ahora bastará con mayoría simple en el Consejo.
Además, se establecen plazos de obligado cumplimiento para forzar al CGPJ a cumplir su mandato de designar dos magistrados del TC. Así, un nuevo redactado del artículo 599.1.1ª de la ley del Poder Judicial pondrá un tope de cinco días hábiles: primero, los vocales del Consejo tendrán dos días para proponer a la Presidencia candidatos a magistrado, con un máximo de uno por cabeza, y después la Presidencia dispondrá de tres días hábiles para «convocar un Pleno extraordinario para proceder a la elección de los dos magistrados».
En el pleno las candidaturas se someterán a votación de los vocales presentes, sin obligación de un quórum mínimo y una votación única que no tendrá carácter secreto. Así, cada vocal podrá votar a un solo candidato, resultando elegidos los dos magistrados que hayan obtenido un mayor número de votos, y no tres quintos de los emitidos, como ocurría hasta ahora.
Tanto el socialista Patxi López como el presidente del grupo de Unidas Podemos, Jaume Asens, confían en que estos cambios permitan desbloquear estos nombramientos que el CGPJ debía haber resuelto en septiembre.
Además, para asegurar la renovación, se ha añadido una cláusula que indica que, en caso de que los vocales o el presidente del CGPJ insistan en el bloqueo, se incurrirá en responsabilidades «de todo orden, incluida la penal».
La segunda enmienda modificará la Ley Orgánica 2/1979 del Constitucional de modo que, si pasados los 9 años y 3 meses de mandato de los magistrados propuestos por el CGPJ y por el Gobierno, «uno de estos dos órganos no hubiera realizado su propuesta», se procederá «a la renovación de los magistrados designados por el órgano que haya cumplido con su deber constitucional». De esta manera, PSOE y Podemos acaban con la unidad del tercio del TC que corresponde nombrar al Gobierno y al CGPJ, dos magistrados por parte de cada institución.
Igualmente, se elimina la necesidad de verificación por parte del Tribunal Constitucional de los nuevos magistrados. Según un nuevo apartado al artículo 19 de la ley del Constitucional, serán las instituciones proponentes (el Congreso, el Senado, el CGPJ y el Gobierno) quienes estén obligados a comprobar que los magistrados elegidos cumple con los requisitos. Al mismo tiempo, se incluye una nueva causa de cese, según la enmienda, «por no cumplir con los requisitos previstos en el artículo 159.2 de la Constitución».
Con estos cambios, el Gobierno sortea todos los escollos para poder nombrar a sus dos candidatos al TC, el exministro Juan Carlos Campo y la ex asesora de Moncloa Laura Díez, sin esperar a que el CGPJ cumpla su parte.