Competencia pide a las autonomías no imponer requisitos desproporcionados a las VTC

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), junto con otras autoridades de competencia de algunas comunidades autónomas, han pedido a los gobiernos autonómicos que eviten imponer requisitos innecesarios y desproporcionados en la regulación del sector del taxi y de las VTC.

Así lo han expresado en una declaración conjunta suscrita por el grupo de trabajo de Consejos de las Autoridades de Competencia, que está formado la CNMC y las autoridades de competencia de Andalucía, Aragón, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, Extremadura y País Vasco.

En el documento solicitan a las comunidades autónomas que la regulación que adopten para este sector no perjudique a los consumidores ni suponga una reducción de la competencia en el mercado global de los taxis y las VTC.

Tras la reforma de la ley de 2018, conocida como decreto Ábalos , a partir del pasado mes de octubre, las autorizaciones nacionales de VTC solo pueden realizar servicios interurbanos y son las comunidades autónomas las que tienen que regular los servicios de carácter urbano.

Algunas regiones han regulado los servicios VTC urbanos, pero, según la CNMC, han impuesto unas condiciones «de difícil cumplimiento y que reducen el atractivo de estos servicios para los consumidores y lastran su competitividad frente al taxi».

Otras comunidades no han llegado a regular el sector después de la entrada en vigor del decreto, por lo que, en estos territorios, los operadores VTC se exponen a no poder prestar servicios urbanos.

Ante esta situación, el grupo de trabajo de Consejos de las Autoridades de Competencia ha hecho un llamamiento a los gobiernos para que regulen efectivamente la prestación del servicio urbano de VTC en sus territorios y para que las regulaciones no introduzcan requisitos innecesarios o desproporcionados desde el punto de vista del interés general.

Asimismo, ha insistido en que la adopción en la regulación de la actividad de cualquier limitación o restricción que altere el funcionamiento del mercado debe respetar los principios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación.

Finalmente, ha recordado la conveniencia de que toda medida regulatoria o administrativa que pueda restringir o limitar el acceso a un mercado o la capacidad de las empresas para competir en él se someta a consulta previa de las autoridades de competencia.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Montero carga contra el PP por criticar la ley del solo sí es sí y le acusa de judicializar lo que no consigue con votos
Un estudio apunta que la soledad de los mayores puede deberse a un cambio de expectativas sobre las relaciones sociales

Bloqueador de anuncios detectado

Por favor, considere ayudarnos desactivando su bloqueador de anuncios