El mecanismo antifragmentación del BCE no se usará con deuda de países en el protocolo de déficit excesivo

El Instrumento para la Protección de la Transmisión (TPI, por sus siglas en inglés), el mecanismo antifragmentación del Banco Central Europeo (BCE), no podrá emplearse para adquirir deuda de países que estén sometidos al protocolo de déficit excesivo, según ha indicado la autoridad monetaria este jueves.

Según los detalles del mecanismo que ha publicado el organismo, el BCE tendrá cuatro mecanismos de elegibilidad para adquirir deuda de países. La autoridad con sede en Fráncfort no podrá hacerse con deuda de países bajo el protocolo de déficit excesivo, ni de aquellos bajo el protocolo de desequilibrios macroeconómicos.

Asimismo, el BCE valorará si el país en cuestión tiene sostenibilidad fiscal, valorando si la trayectoria de la deuda pública es sostenible teniendo en cuenta los análisis de la Comisión Europea, del Mecanismo Europeo de Estabilidad y del Fondo Monetario Internacional.

En cuarto lugar, la autoridad presidida por Christine Lagarde examinará si las políticas macroeconómicas del país son sólidas y sostenibles, es decir, si cumplen los planes de recuperación y resiliencia y si se adaptan a las recomendaciones en el mercado del Semestre Europeo.

El TPI se sumará a la caja de herramientas del BCE y se activará para contrarrestar dinámicas de los mercados que sean desordenadas y amenacen a la transmisión de la política monetaria.

El volumen de compras al amparo del TPI dependerá de la gravedad de los riesgos que tenga que afrontar el BCE, pero las compras no tienen ningún tipo de restricción ex ante . Las compras finalizarán cuando se produzca una mejora duradera en la transmisión de la política monetaria.

El BCE ha subrayado que la activación del TPI no podrá interferir con la política monetaria. Por ello, las compras se realizarán de forma que no se produzca un impacto persistente en el balance del Eurosistema ni en la postura monetaria del organismo.

La autoridad comprará deuda en el mercado secundario emitida por entidades soberanas con vencimientos situados entre 1 y 10 años. En caso de ser apropiado, el BCE valorará si comprar también la compra de deuda del sector privado (empresas).

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