La Ley de entidades locales menores de Cantabria entra en vigor mañana

La nueva Ley de entidades locales menores, impulsada por el Gobierno regional, se ha publicado hoy en Boletín Oficial de Cantabria, con lo que entrará en vigor este miércoles 22.

La ley implica el establecimiento de un nuevo estatuto jurídico para las entidades menores que «asegura su futuro» y que se encuentra «a la altura de sus necesidades, demandas y del importante papel que cumplen en la defensa de los intereses de los vecinos, el fortalecimiento de la democracia y en la vertebración y cohesión social» de la Comunidad.

Así lo ha valorado la consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, Paula Fernández Viaña, quien ha destacado, además, el cumplimiento por parte del Gobierno de Cantabria de un compromiso de legislatura de cara a «impulsar su permanencia y revitalizar el funcionamiento» de estas entidades durante los próximos años.

De hecho, Fernández Viaña ha señalado que la nueva herramienta legal, que deja sin efecto a la norma aprobada hace 26 años, garantiza la financiación y la autonomía de funcionamiento de las más de 500 juntas vecinales y concejos existentes en Cantabria.

Asimismo, ha subrayado el amplio proceso de participación abierto por su departamento en los procesos de consulta e información públicas durante la elaboración de la norma, en los que 25 colectivos e instituciones expresaron sus opiniones y se trabajó «mano a mano» con la Federación de Municipios, el Colegio de secretario e interventores y con representantes de las entidades locales menores.

Un trabajo conjunto que ha dado lugar, en palabras de la consejera, a una «importante herramienta jurídica para poner en valor estas entidades», mejorar su funcionamiento diario, reforzar su autonomía, servir a los intereses generales y la prestación de los servicios públicos de manera descentralizada en numerosos núcleos de población de Cantabria y luchar contra la despoblación rural.

PRINCIPALES NOVEDADES

La nueva Ley de Cantabria de entidades locales menores supera las deficiencias detectadas durante el tiempo en vigor de la anterior norma e introduce cambios en el funcionamiento y en los sistemas de control. Así, se delimitan de forma más concreta sus competencias y se facilita un sistema de gestión presupuesta «más acorde» con la realidad de sus presupuestos.

En concreto, se establece un régimen electoral, en el que el Gobierno regional será el competente para convocar y celebrar las elecciones a los gobiernos de estas entidades.

Igualmente, se establece un principio de cooperación que garantiza el derecho de las juntas vecinales y concejos a estar informados de las acciones acordadas por el ayuntamiento, articulando un órgano colegiado de participación paritaria. Por otro lado, se atribuyen nuevas funciones al pleno de la junta vecinal y a la asamblea vecinal del consejo, entre las que se encuentra las relativas a la adopción de acuerdos sobre administración y disposición de bienes.

Con el fin de garantizar la suficiencia de recursos de estas entidades, se establece una nueva regulación de su régimen presupuestario que contribuya al cumplimiento de sus obligaciones de gestión financiera y se establece una consignación presupuestaria anual que deberá reflejarse en los presupuestos autonómicos anualmente para financiar sus gastos corrientes.

Todas las entidades locales menores deberán aprobar su presupuesto y rendirán cuentas ante el Tribunal de Cuentas y se establecen sus funciones de tesorería y en materia de contabilidad, control y fiscalización. Además, se reconoce por primera vez a estas entidades la posibilidad de obtener ingresos y recursos mediante contribuciones especiales con el fin de facilitar la gestión de sus competencias y garantizar su suficiencia financiera.

Por último, se crea un registro de juntas vecinales y concejos, que dependerá de la consejería competente en administración local.

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