Ciudadanos pide considerar tráfico de influencias la omisión, retraso o agilización de actos administrativos o jurídicos
Plantea una reforma del Código Penal para aplicar a quienes se dejan corromper las penas previstas para sus inductores
Ciudadanos ha registrado en el Congreso una propuesta de reforma del Código Penal para que se considere tráfico de influencias tanto la omisión como el retraso o la agilización de actos administrativos o judiciales a cambio de la obtención de algún beneficio para el funcionario o autoridad pública que incurra en ese comportamiento o para un tercero.
Además, la formación plantea que las penas ya previstas para quienes inducen a la comisión de este tipo de delitos se apliquen también a las personas que se dejan corromper y los acaban cometiendo.
En concreto, la proposición de ley de Ciudadanos, a la que ha tenido acceso Europa Press, defiende la modificación de los artículos 428 y 429 del Código Penal. El primero se refiere a los delitos de tráfico de influencias inducidos por funcionarios o autoridades públicas y el segundo a los pergeñados por particulares.
SÓLO SE CASTIGA AL INDUCTOR
Actualmente sólo se castiga a los funcionarios o autoridades que, prevaliéndose de su cargo o su relación personal o jerárquica, inciten a otros a «conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero».
Las penas previstas para los inductores de estos actos son la siguientes: prisión de seis meses a dos años, multas del tanto al duplo del beneficio obtenido o perseguido e inhabilitación especial para el empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por un periodo de cinco a nueve años. Si se obtiene el beneficio perseguido, habrán de imponerse en su mitad superior.
Ciudadanos sostiene que «resulta totalmente imprescindible que en los delitos de tráfico de influencias el funcionario o autoridad que se deja influenciar también sea penado», es decir, que deje de considerarse punible únicamente la figura del influyente.
Por eso pide que estas penas afecten tanto a los corruptores como a los corrompidos y que, además, se recojan expresamente como punibles la incitación a realizar «un acto contrario a los deberes inherentes» al cargo del funcionario al que se pretende utilizar, o a que no realice, retrase o agilice una práctica que está obligado a llevar a cabo, a cambio de obtener beneficio propio o para otra persona.
Y LO MISMO SI SON PARTICULARES
En paralelo, Ciudadanos sugiere cambiar el artículo 429 del Código Penal para castigar a los particulares que influyen en un funcionario o autoridad pública para cometer tráfico de influencias con la realización, omisión, retraso o agilización de un acto concreto, a cambio de un beneficio para sí o para un tercero.
«El tráfico de influencias representa la decisión político criminal de anticipar las barreras de punibilidad a un estadio previo a los actos de corrupción reprimiéndose desde la fase de preparación cualquier intento de interferencia en la función pública», argumenta el partido naranja, incidiendo en que esta reforma es necesaria para «conciliar una correcta política criminal anticorrupción».