El Congreso aprueba mañana la reforma del impuesto sobre gases fluorados, incluido en una ley de estadísticas
La reforma, impulsada por el PSOE, forma parte de una ley para a publicación de estadísticas de contratación pública con pymes
El Congreso aprobará este miércoles la reforma del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero (IGFEI), incluida como enmienda en una proposición de ley impulsada por el PSOE para la publicación de estadísticas de contratación pública con pymes.
Esta iniciativa se somete este miércoles a votación en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo de la Cámara Baja que, con competencia legislativa plena, tiene previsto aprobar la iniciativa y enviarla al Senado para completar allí su tramitación.
Sin embargo, el texto que llega a la Comisión contiene, según recoge Europa Press, una nueva disposición para reformar este impuesto medioambiental, en el que se rebajan los tipos de la tasa que grava los gases fluorados, utilizados en equipos de refrigeración y altamente contaminantes.
APOYADA POR PODEMOS Y PNV; VOX SE ABSTUVO Y PP VOTÓ EN CONTRA
Esta familia de gases –los hidrofluorocarburos (HFC), perfluorocarburos (PFC) y el hexafluoruro de azufre (SF6)– tienen un elevado potencial de calentamiento atmosférico y se crean artificialmente para procesos de refrigeración y climatización principalmente, pero también para la extinción de incendios, aerosoles y espumas de aislamiento térmico y eléctrico.
La reforma, planteada por el PSOE, se incluyó en el texto de la citada ley en fase de ponencia (a puerta cerrada) con el apoyo de Unidas Podemos y el PNV, los votos en contra del PP y Foro Asturias y la abstención de Vox.
CAMBIOS EN EL TIPO, EL HECHO IMPONIBLE Y QUÉ SE GRAVA
Supone una rebaja de tipos, que pasarían del 2% al 1,5% a aplicar al potencial de calentamiento atmosférico (PCA) que corresponda cada gas, con un máximo de 100 euros por kilo. En todo caso, la propuesta del PSOE es aplicar ese máximo de 100 euros por kilo cuando no se conozca su PCA, salvo prueba contraria.
Otro de los cambios afecta al hecho imponible, ya que deja de gravar la venta o entrega de los gases al consumidor final, pasando a gravar directamente la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o la tenencia irregular de gases fluorados.
Esta reforma completa la regulación sobre la base imponible, que se limitaba al peso de los gases, para catalogar la base imponible de aparatos, productos o equipos que contengan gases pero no haya datos necesarios para determinar la base imponible.
EXENCIONES EN TRANSPORTE Y EL USO MILITAR
Entre las exenciones planteadas al impuesto está su uso como materia prima para su completa transformación química y para su destrucción, su utilización en equipos militares o a incorporar en buques o aeronaves de navegación marítima o aérea internacional (excluida la privada de recreo).
Finalmente, de cara a la adaptación de los sectores afectados por las nuevas exigencias, hasta el 31 de diciembre de 2023 quedará exenta la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de hexafluoruro de azufre destinado a la fabricación de productos eléctricos, y un año más, hasta el 31 de diciembre de 2024, la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de los gases que se destinen a inhaladores dosificadores para el suministro de ingredientes farmacéuticos.