Partidos y coaliciones deben designar representante electoral antes del 5 de mayo y candidaturas hasta el día 16
SEVILLA, 26
Los partidos, federaciones y coaliciones que pretendan concurrir a las elecciones andaluzas del próximo 19 de junio deben designar un representante general y un suplente mediante un escrito presentado a la Junta Electoral de Andalucía «antes del noveno día posterior al de la convocatoria de las elecciones», que en el caso de estos comicios sería antes del 5 de mayo, mientras que la presentación de candidaturas debe formalizarse entre los días 11 y 16 del próximo mes de mayo.
Así se desprende del articulado de la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía, consultado por Europa Press, que incluye un capítulo que regula la representación ante la Administración Electoral de las candidaturas que concurran a los comicios andaluces.
Estas fechas resultan especialmente relevantes para acotar los plazos que tienen de margen para materializar sus candidaturas las posibles coaliciones electorales que quieran concurrir a los comicios andaluces, al respecto de lo cual permanece la incógnita sobre lo que sucederá con el «frente amplio» por el que apuestan las organizaciones que forman parte de Unidas Podemos por Andalucía –Podemos, IU y Alianza Verde– y Más País Andalucía, en negociaciones abiertas para alcanzar un acuerdo que, no obstante, sigue sin cerrarse.
De entrada, el artículo 20 de la Ley 1/1986 establece que «los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones que pretendan concurrir a las elecciones designarán a las personas que deban presentarlos ante la Administración Electoral, como representantes generales o de candidaturas», y el artículo 21 especifica que «los partidos, federaciones y coaliciones que pretendan concurrir a las elecciones designarán un representante general y un suplente mediante escrito presentado a la Junta Electoral de Andalucía, antes del noveno día posterior al de la convocatoria de las elecciones».
Dado que el decreto de disolución del Parlamento y convocatoria de elecciones para el 19 de junio suscrito por el presidente de la Junta, Juanma Moreno, ha entrado en vigor este martes, 26 de abril, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), el noveno día posterior a esa fecha es el 5 de mayo, de forma que ese sería el día antes del cual los partidos y coaliciones que quieran concurrir a la cita con las urnas deben designar un representante general ante la Junta Electoral de Andalucía.
Por su parte, el representante general de cada partido o coalición, según sigue detallando la Ley 1/1986, «designará, mediante escrito presentado ante la Junta Electoral y antes del undécimo día posterior al de la convocatoria –en este caso, antes del 7 de mayo–, los representantes de las candidaturas que su partido, federación o coalición presente en cada una de las circunscripciones electorales y sus respectivos suplentes».
PRESENTACIÓN Y PROCLAMACIÓN DE CANDIDATURAS
El siguiente hito destacado en este proceso electoral es el de la presentación y proclamación de candidatos, al respecto de lo cual la ley señala que las candidaturas presentadas y las proclamadas de todas las circunscripciones se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en los boletines oficiales de las ocho provincias, y que, «para presentar candidaturas, las agrupaciones de electores necesitarán, al menos, la firma del 1 por 100 de los inscritos en el Censo Electoral de la circunscripción».
El artículo 23 de la ley especifica que «la presentación de candidaturas, en la que se alternarán hombres y mujeres, habrá de realizarse entre el decimoquinto y el vigésimo días posteriores a la convocatoria». Estos plazos, traducidos a los de la convocatoria del 19 de junio, conllevan que los partidos o coaliciones que quieran concurrir a esta cita con las urnas deben presentar sus candidaturas entre los días 11 y 16 de mayo.
El mismo artículo especifica que dicha presentación debe realizarse «mediante listas que deben incluir tantos candidatos como escaños a elegir por cada circunscripción y, además, cuatro candidatos suplentes, expresándose el orden de colocación de todos ellos, ocupando los de un sexo los puestos impares y los del otro los pares».
«Junto al nombre de los candidatos puede hacerse constar su condición de independiente o, en caso de coaliciones electorales, la denominación del partido al que cada uno pertenezca», aclara también el mismo artículo.
Las candidaturas presentadas «deben ser publicadas al vigésimo segundo día posterior al de la convocatoria» –18 de mayo– en el BOJA, y en los boletines oficiales «de las ocho provincias», y, tras concluir un plazo previsto para «subsanar» posibles «irregularidades apreciadas o denunciadas», las candidaturas ya proclamadas serán publicadas, también en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, «el vigésimo octavo día posterior al de la convocatoria», es decir, el 24 de mayo, según se desprende de la ley electoral andaluza.