PSOE y Podemos plantean enviar papeletas de votación a todos los electores del CERA, aunque también puedan descargarlas

Los grupos del Gobierno presentan enmiendas para mejorar su reforma de la Ley Electoral destinada a acabar con el voto rogado

El PSOE y Unidas Podemos han registrado una serie de enmiendas para mejorar su propia proposición de ley destinada a acabar con la obligación de rogar el voto que tienen desde 2011 los residentes en el extranjero para poder participar en las elecciones. Así, a su idea inicial de que todos ellos puedan descargarse las papeletas de votación telemáticamente añaden ahora la obligatoriedad de que les sean remitidas papeletas físicas.

En concreto, ambas formaciones abogan por incluir un nuevo apartado en la reforma que ya tramita el Congreso para dejar claro que las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral tendrán que remitir a estos electores «las papeletas oficiales» a la dirección que conste en su registro en el Censo de Residentes Ausentes.

Tendrán que hacerlo partir del vigésimo noveno y no más tarde del trigésimo tercer día posterior a la convocatoria, en aquellas provincias donde no hubiera sido impugnada la proclamación de candidatos, y en las restantes, no más tarde del trigésimo noveno.

Asimismo, ambas formaciones determinan en sus enmiendas, a la que ha tenido acceso Europa Press, que las papeletas descargables de forma telemática «estarán disponibles con posterioridad a la resolución de los recursos presentados contra la proclamación de candidaturas, y no más tarde del quinto día posterior a la proclamación de candidaturas».

VALIJA DIPLOMÁTICA

Además, socialistas y morados plantean un nuevo apartado para obligar por ley a las administraciones públicas a disponer de los medios precisos en cada caso, para que los envíos a estos electores de la documentación electoral correspondiente en cada proceso se lleven a cabo «de la manera más rápida, segura y eficaz» e incluso contando para ello «con la valija diplomática, en la medida en que sea necesario y posible».

Estos electores podrán votar bien por correo o bien directamente en las urnas habilitadas en embajadas, oficinas o secciones consulares en las que estén inscritos o en los lugares que a tal fin se habiliten para ello. En una de sus enmiendas ambos partidos subrayan que podrán hacerlo «en horario de mañana y tarde» y en todas las embajadas», lo que no constaba en su proposición original.

Asimismo, ahora especifican que la administración consular garantizará la disponibilidad de «papeletas oficiales» de voto en los centros de votación que se habiliten, y los medios informáticos necesarios para la descarga del resto de la documentación precisa para votar durante los días habilitados para la votación presencial.

EL FUNCIONARIO FIRMARÁ EL SOBRE

Otra de las novedades que incluyen en sus enmiendas es que los electores podrán depositar su sobre de votación siempre después de que el funcionario consultar «firme en el reverso del mismo». Se trata de una medida de garantía adicional a la estampación en el mismo sobre del sello de la Oficina Consular correspondiente, con la fecha de su depósito, que ya se prevé en la iniciativa.

Asimismo, ahora PSOE y Unidas Podemos abogan por que el proceso de «precintado, recuento y elaboración» del acta de estas votaciones sea «público» y puedan asistir los representantes de las candidaturas concurrentes a los comicios.

También piden eliminar el requisito de que los electores que voten por correo tengan que hacerlo hacer un envío certificado de la documentación a la oficina consular que les corresponda.

La reforma auspiciada por el PSOE y Unidas Podemos da un año al Gobierno para adoptar las medidas necesarias para sustituir, de manera «progresiva» y teniendo en consideración las circunstancias concretas de cada país, los envíos postales de la documentación que estos electores requieren para votar «por un envío telemático que reúna las adecuadas garantías».

REVISAR DATOS CADA CINCO AÑOS

Ambos partidos añaden ahora que tenga en cuenta también la «previsión de mecanismos alternativos para aquellos electores que no dispongan de medios telemáticos propios».

Además la proposición de ley establece que en el plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la reforma el Ejecutivo lleve a cabo un procedimiento extraordinario deverificación de los datos de los inscritos en el CERA para comprobar su fe de vida y corregir los que sean necesarios «a finde facilitar la participación en el procedimiento electoral con las mayores garantías».

A esta disposición adicional PSOE y Unidas Podemos también presentan una enmienda para establecer que ese procedimiento extraordinario de revisión de datos se realice «periódicamente, con un intervalo mínimo de cinco años».

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