Conocer los plazos de demora entre la cita y primera consulta, clave en la mejora de AP para el Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo ha sugerido, en el Informe Anual de la Institución relativo al ejercicio 2021, que la Atención Primaria (AP) debe dar a conocer los plazos de demora media entre la solicitud de cita por el paciente y la primera consulta disponible, como indicador idóneo para hacer un seguimiento de la calidad del servicio prestado.

Esta propuesta está asociada a las quejas que la población señaló en 2020, debido a la saturación en los centros de AP. El Defensor del Pueblo considera esta medida un primer paso para llevar a cabo una adecuación de los recursos humanos o materiales, en el caso de que la prestación no se realice a tiempo.

Sumado a ello, agrega que es conveniente que las administraciones registren la carga real que soportan los profesionales sanitarios, médicos y enfermeras, más allá de la carga nominal que recoge el cupo de pacientes asignados. En este sentido, manifiesta que recoge las quejas de los profesionales, quienes reconocen estar «extremadamente preocupados» por la excesiva carga asistencial que soportan, lo que lleva a una peor calidad y seguridad de la atención que prestan a los pacientes.

«Cuando la presión asistencial es elevada, genera a los profesionales una tensión excesiva, al tener que realizar esfuerzos que van más allá de lo razonable, y propicia, entre otros factores, el abandono progresivo de actividades adicionales que los facultativos de la atención primaria deberían estar en condiciones de desarrollar en buenas circunstancias, como puede ser la formación continuada», ha comentado el Defensor del Pueblo.

Asimismo, añade que se debe analizar el Marco Estratégico para laAtención Primaria Comunitaria, presentado en el Pleno del ConsejoInterterritorial de Salud del día 10 de abril de 2019, que recoge entre sus acciones la de establecer criterios de planificación y coordinación para la atención continuada y urgente de proximidad, y procurar la dotación de recursos necesaria para que las urgencias de baja y moderada complejidad puedan ser resueltas en la atención primaria de salud, con criterios de equidad y accesibilidad territorial.

En relación con la atención telefónica sanitaria, el Defensor del Pueblo afirma que reduce desplazamientos innecesarios al usuario, aumenta en parte su seguridad y agiliza el tiempo de atención pero, matiza, que también ocasiona una limitación del contacto personal entre el paciente y el profesional, «para el que resulta más difícil apreciar aspectos importantes del estado de salud del paciente que serían observables a primera vista en una consulta, o el interpretar las propias expresiones del usuario sobre su propia situación clínica». «En las actuaciones con las distintas administraciones, por la saturación en determinados centros de salud, se ha venido solicitando desglosar las consultas presenciales y las telefónicas», ha apostillado.

LISTAS DE ESPERA

Por otro lado, solicita lo antes posible una atención normalizada, tanto en los centros de AP, «cuya labor es imprescindible para una inicial detección de los posibles casos de enfermedad grave», como en consultas externas y pruebas diagnósticas.

Al respecto, destaca que ha seguido recibiendo las quejas de familiares de pacientes que, tras sufrir un accidente, frecuentemente de tipo cerebrovascular, o ictus, de diversas edades, necesitan un período de rehabilitación especializada que debiera ser abordada en una unidad hospitalaria o centro antes de retornar al domicilio.

Una situación que, tal y como señala, se recoge en los informes clínicos hospitalarios pero las administraciones se encuentran muchas dificultades para proveer esa atención rehabilitadora especializada.

«Para atender correctamente estas situaciones, además de contar cada servicio de salud con las unidades y camas de media estancia necesarias, y los equipos profesionales correspondientes que hagan posible y eficaz la derivación, es preciso también que los servicios de trabajo social de los hospitales estén convenientemente dotados», ha subrayado.

En relación con las listas de espera quirúrgicas, a juicio del Defensor del Pueblo, no parece estar justificado aplicarprioridad quirúrgica una vez transcurrido un plazo desde la indicación, como forma de compensación a la falta de inclusión del paciente en lista de espera en su momento.

En este sentido, apunta que en la tramitación de la queja quedó patente el criterio de la Administración de condicionar la indicación cierta de una intervención quirúrgica a la previsión de que sea realizada en el tiempo de garantía estipulado, y de evitar que un mismo día natural en un mismo paciente al que se han indicado dos intervenciones sea tenido en cuenta dos veces en cada uno de los registros de espera.

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