El Gobierno mete una marcha más en la reforma laboral: habrá dos reuniones semanales desde ahora

El Gobierno quiere acelerar los trabajos de la mesa de diálogo social de reforma laboral para conseguir su objetivo de tenerla lista antes de que acabe el año, fecha comprometida con Bruselas en el Plan de Recuperación.

Por ello, a partir de la semana que viene Gobierno, sindicatos y empresarios celebrarán dos reuniones semanales, en lugar de una, según avanzó el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, hace unos días.

Hasta ahora, las tres partes se reunían sólo los miércoles. A partir de la semana que viene lo harán también los viernes, previsiblemente. En virtud del formato que ya se estrenó hace dos semanas, en la mesa estarán, por parte del Gobierno, los Ministerios de Trabajo, Asuntos Económicos, Hacienda, Seguridad Social y Educación.

La negociación llega esta semana a un punto crucial después del rechazo que ha generado entre los agentes sociales la propuesta del Gobierno para establecer en la legislación ordinaria una suerte de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), denominados Mecanismo RED, con algunas condiciones compartidas con los ERTE de pandemia.

Tanto sindicatos como empresarios han calificado esta propuesta de «intervencionista», «poco flexible» y «farragosa» y han pedido al Gobierno que la reconsidere si quiere conseguir un acuerdo que ahora mismo los agentes sociales ven complicado.

El líder de UGT, Pepe Álvarez, ha llegado a decir que el documento de 27 páginas que les presentó el Gobierno era un «refrito», pues no sólo hablaba de los nuevos ERTE, sino también de algunos aspectos de la contratación.

De hecho, en el texto, al que tuvo acceso Europa Press, se ha incluido la modificación del artículo 151 de la Ley General de la Seguridad Social para elevar el sobrecoste a afrontar por las empresas por dar de baja contratos temporales. La redacción de esta modificación era tan enrevesada que los agentes sociales han pedido aclaraciones al Gobierno.

Actualmente, el artículo 151 de la Ley General de la Seguridad Social establece un incremento del 40% de la cuota empresarial por contingencias comunes en los contratos de carácter temporal cuya duración efectiva sea igual o inferior a cinco días.

Lo que ha propuesto el Ejecutivo es cambiar la redacción de ese artículo por la siguiente: «En los contratos de carácter temporal, la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes se incrementará, en el mes en que se produzca la baja del trabajador y por cada una de dichas bajas, en el triple del importe diario determinado por la aplicación del tipo de cotización a cargo de la empresa al tope mínimo de cotización para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional».

Así, la idea es penalizar en mayor medida a las empresas y hacerlo con todos los contratos temporales, pues en la redacción propuesta no se especifica que la duración de los mismos tengan que tener una duración efectiva igual o inferior a cinco días.

LOS NUEVOS ERTE

Sobre los nuevos ERTE que plantea el Gobierno y que ha bautizado con el nombre de Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo , la idea es permitir a las empresas reducir durante un tiempo la jornada o suspender los contratos de sus trabajadores, como en los ERTE, con beneficios en cotizaciones y prestaciones siempre que se den determinadas circunstancias.

De acuerdo con la propuesta que presentó el Gobierno la semana pasada y a la que tuvo acceso Europa Press, el Mecanismo RED podría activarse en dos casos: por causas estructurales, es decir, cuando en un determinado sector se produzcan cambios organizativos, técnicos o productivos estructurales o se introduzcan métodos de trabajo y de producción novedosos que generen pérdidas de competitividad asociadas al mantenimiento de la plantilla; o por causas cíclicas, esto es, cuando concurran causas económicas derivadas de una situación coyuntural de alcance general que aconseje la activación de mecanismos adicionales de estabilización.

En el ámbito del Mecanismo RED por causas estructurales, el Gobierno plantea incorporar un plan de recolocación para los afectados que tendría que incluir medidas específicas de formación y orientación profesional, atención personalizada a la persona afectada y búsqueda activa de empleo.

La recolocación en otra empresa fuera del grupo empresarial tendrá que ser aceptada por el trabajador de forma voluntaria mediante su dimisión. En ese momento, la empresa de origen transferirá al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) el 50% de la cuantía del despido improcedente que le hubiera correspondido al trabajador en ausencia de recolocación, con el fin de constituir un fondo para financiar los procesos de recolocación.

El trabajador suscribirá un nuevo contrato de trabajo con su nueva empresa, sin antigüedad, y con las nuevas condiciones laborales, y en caso de un eventual despido por causas no atribuibles al trabajador en la empresa receptora, el Fogasa le abonaría una indemnización de importe equivalente a la cuantía por despido improcedente que le hubiese correspondido al trabajador en caso de haber sido despedido en la empresa de origen. En caso de rechazo del trabajador, se mantendrá vigente su contrato de trabajo.

Las empresas que contraten a trabajadores afectados por el Mecanismo RED de carácter estructural a través de contratos indefinidos, incluido los fijos-discontinuos, tendrán derecho a una bonificación de cuotas de la Seguridad Social del 50% de la aportación empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes durante un periodo de 6 meses.

Las empresas que contraten a trabajadores afectados por el Mecanismo RED de carácter estructural a través de contratos indefinidos, incluido los fijos-discontinuos, tendrían derecho a una bonificación de cuotas de la Seguridad Social del 50% de la aportación empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes durante un periodo de 6 meses.

La reducción de jornada aplicable en el Mecanismo RED podría ser de entre un 10% y un 70%, según la propuesta, y mientras esté vigente ésta o la suspensión de contratos no podrán realizarse horas extra, nuevas contrataciones ni nuevas externalizaciones de actividad.

El Gobierno plantea además que las empresas autorizadas a aplicar un Mecanismo RED puedan beneficiarse de exoneraciones en las cotizaciones siempre que desarrollen acciones formativas a favor de las personas afectadas, y podrán recibir al mismo tiempo un incremento de crédito para la financiación de acciones en el ámbito de la formación programada, que irá desde los 320 euros por persona a 425 euros, en función del número de trabajadores.

Estas acciones formativas serían obligatorias en el Mecanismo RED por causas estructurales. Si se incumplieran dichas obligaciones, las empresas deberán reintegrar el importe de las exenciones. Asimismo, los beneficios en materia de cotización se condicionan al mantenimiento del empleo de los trabajadores afectados durante seis meses.

Los trabajadores afectados por un Mecanismo RED tendrán derecho a una prestación del 70% de la base reguladora, incompatible con prestaciones o subsidios por desempleo, pero compatible con un trabajo a tiempo parcial. El tiempo de percepción no se consideraría como consumido para la protección por desempleo, aunque no tendría la consideración de periodo cotizado.

La propuesta del Ejecutivo implica la creación de un fondo para sufragar estos nuevos ERTE, al estilo del Fondo de Reserva de las pensiones, que tendría por objetivo atender las necesidades futuras de financiación en materia de prestaciones para los trabajadores, exenciones de cuotas empresariales y gastos de formación.

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