El Consejo de Estado avala la normativa de la Guardia Civil que prohíbe los tatuajes en cabeza, cuello y manos
Ve «prudente» dar un año para eliminar tatuajes prohibidos y defiende la necesidad de resguardar el servicio que se presta al ciudadano
El Consejo de Estado ha avalado la normativa de la Guardia Civil que regula que los agentes puedan tener tatuajes siempre que respeten los valores constitucionales y no se luzcan en cabeza, cuello y manos. En este sentido, ve «prudente» el plazo de un año para eliminar tatuajes prohibidos y sostiene que el aspecto del uniformado no puede «inducir a error» porque compromete la «seguridad jurídica» en la atención al ciudadano.
«Entiende el Consejo de Estado que los cometidos de los guardias civiles como agentes de autoridad resultan contrarios a exhibir tatuajes en determinadas zonas de primera visibilidad (cara, cuello, manos), lo que puede afectar negativamente a la imagen de la Guardia Civil, pudiendo parecer extraño e incluso indecoroso a los ciudadanos, además de contraproducente para el desempeño de determinados servicios de investigación», sostiene la resolución a la que ha tenido acceso Europa Press.
El dictamen de la Comisión Permanente del Consejo de Estado, con fecha de 1 de octubre y que incluye un voto particular, respalda el Real Decreto que regula el uso general del uniforme puesto que «no aprecia que pueda hallarse una vulneración de derechos fundamentales» y además cumple con los requisitos legales, entre ellos atender a las exigencias de las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas.
DE AMBIENTES DELINCUENCIALES A LA NUEVA REALIDAD
El Consejo de Estado cita un informe del Gabinete Técnico de la Guardia Civil para recordar que determinadas organizaciones criminales se sirven de los uniformes del Cuerpo para llevar a cabo actividades delictivas y que «hasta hace no mucho tiempo la cultura del tatuaje se vinculaba a ambientes carcelarios o delincuenciales».
«Son distintivos personales que podrían poner en riesgo la seguridad jurídica de la fuerza actuante al ser identificados», razona, aunque acto seguido reconoce la «evolución a una nueva realidad social a la que no se puede mostrar ajena la Guardia Civil» –ni tampoco las Fuerzas Armadas, citando para ello su reglamento de ingresos–, de ahí que entienda que la norma «pueda prohibir que presenten tatuajes en manos, cabeza y cuello».
La norma prohíbe cualquier tipo de tatuaje contrario a los valores constitucionales o que pongan en cuestión la neutralidad política y sindical de la Guardia Civil. AUGC planteó ante el Consejo de Estado su queja por el plazo de un año para eliminar aquellas inscripciones visibles en cuello, manos y brazos, alegando que «puede suponer la necesidad de someterse a una intervención que puede acarrear riesgos de salud graves, además del coste que representa».
UN AÑO PARA ELIMINAR LOS PROHIBIDOS
La asociación profesional mayoritaria centró sus críticas en una disposición transitoria de la norma que recoge que cualquier guardia civil que tenga tatuajes en manos, cuello o cabeza «deberán ocultarlos por completo cuando vistan el uniforme, concediéndose el periodo de un año para su completa eliminación».
El Consejo de Estado, sin embargo, califica de «prudente y amplio» el plazo de un año para eliminar los tatuajes prohibidos, sin apreciar «desbordamiento de la potestad reglamentaria ni contrariedad a derechos preexistentes o fundamentales».
Es más, recuerda que fue el propio Consejo de Estado quien realizó esta recomendación en el caso de las Fuerzas Armadas. No obstante, aboga por que no se aplique al proceso de selección ya iniciado en la Guardia Civil en el presente año y, de esta forma, «sortear cualquier género de duda sobre la aplicabilidad de la nueva ordenación».
Por este motivo, plantea un texto alternativo para la disposición, de forma que recoja que «resultará de aplicación tanto al personal en activo como a quienes a la fecha de su publicación se hallen participando en pruebas selectivas de acceso». El voto particular, que firma José Luis Manzanares Samaniego, precisamente se detiene en este aspecto: «La cuestión es determinar lo que procede hacer en tanto el tatuaje no haya podido ser eliminado».
DISCREPANCIAS CON DEFENSA
El Ministerio de Defensa se mostró disconforme con algunos aspectos de la norma defendida por la Dirección General de la Guardia Civil y el Ministerio del Interior. El Consejo de Estado cree que se trata de una «copropuesta» de ambos ministerios con el objetivo de preservar que el «aspecto externo del guardia civil (en especial, en lo referente al uso de tatuajes en las zonas prohibidas) no induzca a error, desconcierto o confusión en cuanto a la condición del agente actuante».
Sostiene que «en ningún caso puede obviarse el carácter militar» de los integrantes de la Guardia Civil y aplaude que la norma «engarza por fin con el artículo 7 de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que recoge el carácter de agente de la autoridad de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones».
«Cada institución tiene su propia especialidad e idiosincrasia, con una diversidad que se debe respetar porque está conectada al ejercicio propio de sus funciones que, en el caso de la Guardia Civil, son prioritariamente policiales», añade ante las quejas formuladas por Defensa.
«Resulta así –extremo reiteradamente destacado por el proyecto y que comparte el Consejo de Estado– que el uso del uniforme presupone la condición de agente de la autoridad a quien lo porta (…) Se contribuye a salvaguardar la seguridad jurídica de la ciudadanía, de manera que el uso del uniforme y el aspecto externo de guardia civil (en especial, en lo referente al uso de tatuajes en las zonas prohibidas) no induzca a error, desconcierto o confusión en cuanto a la condición del agente actuante».
EQUILIBRIO CON LA LIBERTAD PERSONAL
También avala la tramitación por vía de urgencia atendiendo a la convocatoria de pruebas selectivas de acceso a la Guardia Civil, por lo que ve un «evidente interés general». También señala que la norma incluye los expedientes preceptivos sobre repercusión presupuestaria, de género o en materia de no discriminación, habiendo intervenido las asociaciones profesionales y el Ministerio de Defensa en su desarrollo.
«Las asociaciones han tenido cumplido y suficiente conocimiento; de hecho, no se aprecia novedad sustancial alguna en sus borradores finales», sostiene el Consejo de Estado, que recuerda el voto a favor y en contra de cada asociación profesional en el trámite de debate en el Consejo de la Guardia Civil. «No se aprecia que pueda hallarse una vulneración de derechos fundamentales», añade.
El Consejo de Estado recuerda que la AUGC consiguió mediante sentencia de 2015 anular la Orden de Interior sobre uso del uniforme, pero no así con este otro proyecto. «Se respeta el necesario equilibrio entre la libertad personal de cada miembro del Cuerpo con las obligadas exigencias de uniformidad indispensables para asegurar el más eficiente funcionamiento de la institución», concluye.
Durante el día de la patrona del Instituto Armado en Málaga, la directora de la Guardia Civil, María Gámez, aseguró que espera que la regulación de los tatuajes dentro del Real Decreto de uniformidad esté «próximo a aprobarse», ya que representa un salto «cualitativamente muy grande». «Por fin pueden tener tatuajes sin ninguna limitación más allá de respetar los valores constitucionales y limitar determinadas zonas que nos parecen que, con el principio de autoridad, no serían compatibles», dijo sobre cabeza, cuello y manos.