El Congreso debate el martes si ajusta a la baja multas por exceso de gasto electoral que perjudican a partidos pequeños

El Parlamento navarro plantea suprimir las sanciones mínimas por esta infracción y modificar el cálculo para el tope de gasto en municipales

El Pleno del Congreso decidirá este martes si toma en consideración una modificación legislativa enviada por el Parlamento de Navarra para reformar preceptos de la Ley Electoral y la de Financiación de Partidos que perjudican especialmente a las formaciones pequeñas, y que, entre otras cosas, plantea la eliminación de las multas mínimas que deben imponerse si se supera el límite de gasto electoral en determinados porcentajes.

Actualmente la Ley de Financiación de Partidos Políticos establece, en su artículo 17 bis, sanciones para las formaciones que superan el límite de gasto electoral, que oscilarán entre el doble o el quíntuplo del exceso en el que hayan incurrido.

La norma distingue entre infracción leve, grave o muy grave, según lo que se haya sobrepasado este tope de gasto, pero fija unas multas mínimas en cada uno de los casos que, si se aplican a partidos pequeños, por ejemplo de implantación local, pueden llevarles a la bancarrota.

Así, si se supera en un 10% o más el límite de gasto electoral (infracción muy grave) la multa mínima obligatoria es de 50.000 euros; si ese gasto se sobrepasa entre un 3 y un 10% el mínimo son 25.000 euros de penalización y si el exceso va del 1 y al 3% ésta no podrá ser inferior a los 5.000 euros.

EVITAR SANCIONES DESPROPORCIONADAS

La proposición de ley, impulsada en su día en el Parlamento navarro por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos e Izquierda-Ezkerra, plantea suprimir todas esas cuantías mínimas obligatorias y aplicar únicamente las sanciones correspondientes que pueden oscilar entre el doble o el quintuplo del exceso en el que se haya incurrido.

El Parlamento foral sostiene que «la reciente experiencia de procedimientos sancionadores tramitados por el Tribunal de Cuentas pone de manifiesto que cuando se trata de pequeñas formaciones políticas que concurren en un solo municipio, un exceso muy pequeño puede dar lugar a una desproporcionada sanción de 50.000 euros debido al límite de gasto electoral que les resulta de aplicación».

Además de suprimir estas sanciones mínimas para todos los partidos, la ley que llega al Congreso plantea modificar el artículo 193 de la Ley del Régimen Electoral General (LOREG) que regula el método para calcular el límite de gasto electoral en las elecciones locales.

Ahora ese tope de gasto es el que resulte de multiplicar por 0,11 euros el límite de habitantes correspondientes a las poblaciones de derecho de las circunscripciones donde presente candidaturas cada partido.

AVISOS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS

A esa cantidad podrán sumar 150.301,11 euros por cada provincia en la que concurran en al menos la mitad de los municipios, un suplemento del que no pueden beneficiarse las pequeñas formaciones políticas que se presentan en una sola circunscripción.

«La aplicación de este límite arroja unas cantidades que, como ha constatado el propio Tribunal de Cuentas, resulta manifiestamente insuficiente para el desarrollo de una campaña electoral, siendo en ocasiones inferior a las subvenciones por gastos electorales que las formaciones políticas podrían percibir en el caso de obtener representación en la correspondiente Corporación Local», argumenta la iniciativa.

Por ello, se propone cambiar la ley para «corregir» la situación actual y «garantizar que el límite de gasto electoral permita realizar una mínima campaña electoral».

PODER HACER CAMPAÑA

En concreto, se sugiere que el límite de gasto se calcule multiplicando por 0,11 euros el número de habitantes correspondientes a las poblaciones de derecho de las circunscripciones donde presente candidaturas cada partido «en municipios con más de 20.000 habitantes, y de 0,22 euros en los casos de municipios de menos de 20.000 habitantes».

Para el plus provincial se apuesta por que puedan gastar 150.301,11 euros más por circunscripción los partidos que compitan en al menos el 25% de sus municipios.

Además, para evitar que la regulación actual del límite de gasto electoral pueda dar lugar a la apertura de nuevos expedientes y a sanciones desproporcionadas a las pequeñas formaciones que concurrieran a las últimas municipales sólo en una circunscripción, se propone la inclusión de una disposición transitoria que permita a la aplicación de las modificaciones previstas en esta ley a estos partidos.

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