Extremadura contará desde este lunes con nuevas restricciones en horarios y aforos para contener la pandemia
MÉRIDA, 1
La comunidad autónoma de Extremadura contará desde este lunes, 2 de agosto, con nuevas medidas de restricción en horarios y aforos para contener la pandemia, entre las que encuentra la prohibición de reuniones sociales de más de seis personas.
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicó este sábado una resolución con el acuerdo del Consejo de Gobierno de este pasado miércoles, 28 de julio, por el que se declara el Nivel de Alerta Sanitaria 2 en la región y tras ser ratificado dicho acuerdo por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).
De este modo, dicha resolución, recogida por Europa Press, indica que el acuerdo desplegará sus efectos desde las 00,00 horas del 2 agosto y mantendrá su eficacia hasta que se establezca por acuerdo del Consejo de Gobierno que la región se encuentra en uno de los niveles de alerta diferentes al declarado.
La nueva declaración se adoptará cuando la región, según los indicadores de valoración del riesgo, se haya mantenido durante siete días consecutivos en una situación epidemiológica correspondiente a una fase o un nivel distinto del nivel 2.
MEDIDAS DE NIVEL DE ALERTA 2
En concreto, cabe destacar que entre las medidas recogidas en el semáforo Covid para el Nivel 2 de Alerta, se encuentra la limitación de las reuniones sociales de seis personas, velatorios y entierros al 30 por ciento y lugares de culto a un 30 por ciento también, además de un 50 por ciento de aforo en exámenes presenciales, parques infantiles y ludotecas.
Se establecen además los campamentos de diez personas por monitor y sin superar los 60 participantes, mientras que el interior de hostelería se limitaría a un aforo del 30 por ciento y en el exterior al 75 por ciento, con seis personas por mesa tanto dentro como fuera, y en el caso de los locales comerciales, el aforo sería del 50 por ciento.
Los mercadillos tendrían un aforo máximo del 75 por ciento, y en el caso del aforo de actividades deportivas sería del 50 por ciento con un máximo de 500 personas; zonas comunes de los hoteles al 50 por ciento, casas rurales un máximo de diez personas, y el cierre del ocio nocturno pasaría a las 02,00 horas de la madrugada.
Asimismo, cabe reseñar que las medidas temporales y específicas de restricción de la entrada y salida de determinados municipios acordadas a la entrada en vigor del acuerdo publicado este sábado en el DOE se mantienen vigentes, si bien, por lo demás, resultarán de aplicación en tales municipios las medidas propias del Nivel 2, así como cualesquiera otras de alcance generalizado establecidas al amparo de la normativa común en materia de salud pública para el conjunto de la comunidad.