La CNMV somete a consulta pública la guía técnica de evaluación de la conveniencia en servicios de inversión
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha sometido a consulta pública el proyecto de guía técnica para evaluación de la conveniencia que las entidades deben realizar al prestar servicios de inversión, que actualiza algunos criterios, prácticas y metodologías que incluía la guía de actuación para el análisis de la conveniencia y la idoneidad del 17 de junio de 2010.
Según ha informado la CNMV, el contenido de la guía de 2010 se actualizará en lo relativo a la evaluación de la conveniencia, teniendo en cuenta la normativa surgida desde entonces, los documentos y guías publicados por ESMA y la experiencia supervisora recabada desde su publicación.
La guía está dirigida a las entidades supervisadas que presten servicios de inversión sobre instrumentos del mercado de valores y depósitos estructurado. La CNMV verificará el cumplimiento de la normativa nacional y comunitaria y aplicará los criterios recogidos en la guía técnica y los de las directrices de conveniencia de ESMA, que están actualmente en tramitación (será tras la publicación de las nuevas directrices cuando la CNMV apruebe la guía).
Entre los aspectos recogidos en el proyecto de guía técnica que se somete a consulta pública, la CNMV indica que las entidades deben asegurarse de que los productos que, a priori, consideran no adecuados para determinados inversores, no se comercialicen activamente a dichos inversores, especialmente si son productos complejos. Si las entidades contactasen con el cliente y le ofreciesen este producto, dejarían de cumplir las normas de conducta del mercado de valores, aunque le informasen de la conveniencia de la operación.
Para analizar la conveniencia, la entidad puede basarse en información de la que ya disponga y, si no puede obtenerla internamente, realizará cuestionarios o test de conveniencia, cuyo resultado debe resultar coherente, siendo fundamental su nivel real de conocimientos financieros. Siempre deben preguntar al cliente por su familiaridad con las características y riesgos de los productos financieros, con independencia de que pueda contar con experiencia inversora previa o un cierto nivel de formación académica.
La información que la entidad obtenga en relación con el nivel de estudios, formación o profesión del cliente solo puede aportar una idea genérica de los conocimientos financieros de que dispone, por lo que solo permitiría hacer presunciones generales.
La nueva guía añade además que, en el caso de profesionales de las finanzas, si bien resulta razonable que pueda presumirse la conveniencia exclusivamente en base a su experiencia profesional, la entidad debe tener, para ello, la seguridad de que la experiencia profesional del cliente está directamente relacionada con los mercados de valores, sus productos y sus riesgos.
Para evaluar la conveniencia de una operación, la entidad puede basarse en un análisis previo que tuviese resultado conveniente. La guía que la CNMV somete a consulta pública considera razonable que el periodo de validez de los análisis de conveniencia previos sea de hasta cinco años para productos no complejos y de hasta tres años para productos complejos.
La guía también incluye supuestos en los que no es obligatorio evaluar la conveniencia, en los que la entidad debe incluir una advertencia que indique claramente que no está obligada a evaluar la conveniencia de la operación y que, por tanto, el cliente carece de las protecciones previstas para ese supuesto.
Los interesados en contestar a la consulta pública podrán hacerlo hasta el 30 de septiembre de 2021, remitiendo sus observaciones al buzón supervisionesieca@cnmv.es.