El Defensor del Pueblo cuestiona el uso de la Ley Mordaza para multar por la Covid y registra un aumento de quejas
Señala que el primer estado de alarma fue «muy impactante por lo sorpresivo y la dureza de las medidas restrictivas»
El Defensor del Pueblo ha cuestionado el uso de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, la conocida como Ley Mordaza , para imponer multas durante el estado de alarma por la Covid-19. Además, ha registrado un incremento en 2020 de las quejas por supuestos malos tratos y por uso incorrecto de dicha norma, aprobada por el PP y que la institución apoya que sea reformada, como ha prometido el Gobierno de PSOE y Unidas Podemos.
Según consta en el informe de 2020 del Defensor del Pueblo, al que ha tenido acceso Europa Press, el pasado año se recibieron 38 quejas relativas a «malos tratos policiales», frente a las 17 de 2019, y se registraron también 206 quejas por «trato incorrecto», cuando un año antes fueron 89. Las quejas relativas al procedimiento sancionador de tráfico han sido 237, por 243 en 2019.
«Detrás de estas cifras, notablemente superiores a lo habitual, se halla el rol que ha debido asumir la policía durante el estado de alarma y el rechazo de los ciudadanos a algunos comportamientos y denuncias interpuestas por presunta infracción de las limitaciones a la libertad de circulación, sobre todo en el primer estado de alarma, que fue muy impactante por lo sorpresivo y la dureza de las medidas restrictivas sobre los movimientos de las personas», recoge el Defensor.
La oficina que preside Francisco Fernández Marugán subraya que el derecho de reunión, ejercitado con precauciones sanitarias, «ha subsistido en todo momento». No obstante, recuerda su «posición crítica sobre la idoneidad» en el uso de la Ley Mordaza con la que se impusieron más de un millón de multas.
Añade que la ley aprobada por la mayoría absoluta del PP no estaba pensada para abordar situaciones como la restricción a la movilidad y que, como estipuló el Gobierno a través del Ministerio del Interior, durante la Covid-19 permitió que se interpusieran propuestas de sanción con «multas exorbitantes a personas que, además, habían perdido su empleo o reducido drásticamente sus ingresos como consecuencia de losdemoledores efectos económicos de la pandemia».
«Es preciso, en fin, actualizar el ordenamiento jurídico, desde la premisa de que la democracia debe preservar su esencia, aun cuando deba hacerse cuanto se hacía antes con precauciones sanitarias, sin renunciar, en razón de la emergencia de salud pública, a la identidad propia de un Estado social y democrático de Derecho», añade el Defensor.
La institución se refiere a las «numerosas quejas sobre libre circulación durante el estado de alarma», en referencia a controles sobre vehículos, paseos, paseos con menores, deportistas o visitas a familiares. «Expresaban disconformidad con las denuncias, con las sanciones o crítica a actuaciones policiales concretas», dice en resumen.
El Defensor se refiere a las peticiones de reforma de la Ley Mordaza desde instancias internacionales y vuelve a reiterar su deseo de reformar artículos como el 20.2.b de registros corporales externos, las infracciones del artículo 37 para que no dificulten los derechosde reunión y manifestación, y, por último, que la infracción del artículo 36.23 no dificulte la libertad de expresión y el derecho a la información.