El Defensor del Pueblo insta a tomar «medidas especiales» para garantizar el acceso a medicamentos esenciales
El Defensor del Pueblo ha advertido en su informe anual respectivo al año 2020 sobre la importancia de acabar con los problemas de abastecimiento de fármacos esenciales.
«Determinar esas situaciones y establecer medidas especiales de protección de la salud para el acceso a los medicamentos esenciales puede resultar cada vez más perentorio, en una acción coordinada para el conjunto de la Unión Europea», insta el Defensor.
La institución ha solicitado información a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) para conocer las previsiones sobre la normalización del suministro o las medidas adoptadas. Así, como se refleja en el Plan de garantías de abastecimiento de medicamentos 2019-2022 de la AEMPS, se explica que «el número de notificaciones de problemas de suministro crece cada año, y pese a que los titulares de las autorizaciones de comercialización (TAC) están obligados a garantizar, dentro de los límites de sus responsabilidades, un abastecimiento adecuado y continuado del mercado, no parece que las actuaciones en marcha estén consiguiendo invertir la tendencia al alza de estos problemas».
En este contexto, el organismo insta a «confiar en que, aun con las actuales circunstancias, puedan ir realizándose los objetivos de este plan, en estrecha coordinación con la autoridad ministerial de farmacia y con la eficaz cooperación con los organismos reguladores de la Unión Europea».
Como destaca el plan citado de la AEMPS y resalta el Defensor, uno de los factores causales de muchos problemas de abastecimiento es «el de la pérdida de interés comercial de las empresas farmacéuticas a la hora de producir determinados medicamentos, aunque resulten de gran impacto asistencial por suponer la alternativa terapéutica idónea para muchos pacientes».
«DIÁLOGO CON LAS COMPAÑÍAS FARMACÉUTICAS» PARA ACCESO A ACOD
Por otra parte, el organismo explicado que a lo largo de 2020 se han seguido recibiendo quejas de pacientes a los que sus especialistas prescriben un tratamiento con medicamentos anticoagulantes orales de acción directa (ACOD), al considerar que son más beneficiosos para ellos y su estado clínico, pero que, sin embargo, no se financian por el sistema público de salud.
Al respecto, aseguran que «comparten, naturalmente, que el uso racional de los medicamentos es un elemento fundamental de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud». Pero, sin embargo, recuerdan también que «es imprescindible que las administraciones tomen decisiones que permitan salvaguardar las necesidades de los pacientes con el menor coste posible, y esto exige, sin duda, una compleja gestión de los recursos y del diálogo con las compañías farmacéuticas».
Estos medicamentos tienen dos indicaciones terapéuticas principales autorizadas para su uso en pacientes que precisan anticoagulación, aunque solo la financiación pública de una de ellas fue aprobada en su momento por el Ministerio de Sanidad: cuadros de fibrilación auricular no valvular, con unas características concretas.
La decisión de no financiación de la otra indicación autorizada, la de casos de trombosis venosa profunda y embolia pulmonar, TVP-EP, se basó en razones económicas, según la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.
En el caso de la indicación que sí está financiada, las quejas recibidas al Defensor del Pueblo provienen principalmente de la Comunidad de Madrid. «Plantean una interpretación rigurosa de los criterios clínicos por parte de los servicios de inspección que deniegan el visado de dispensación, lo que lleva incluso a que pacientes que ya han iniciado el tratamiento con uno de esos medicamentos, por prescripción de un facultativo del SNS en otra comunidad autónoma, vean denegada la financiación de su tratamiento si se trasladan o retornan a su residencia en la Comunidad de Madrid, obligándoles a costear íntegramente el precio de la medicación, más de 80 euros mensuales, según el medicamento prescrito», denuncia la institución.
En contestación al Defensor del Pueblo, la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid se ha remitido a la posibilidad de acudir al procedimiento especial para el uso de medicamentos al margen de su ficha técnica, que ha de promover el médico especialista en su centro hospitalario.
En el caso de la otra indicación principal autorizada que el SNS no financia (tromboembolismos), las quejas en 2020 han sido «más numerosas y se reciben, lógicamente, de todas las comunidades autónomas, al tratarse de una decisión para el conjunto del Estado».
Cuando la institución se ha dirigido a las administraciones autonómicas, las respuestas recibidas destacan que esa decisión de no financiación a cargo del SNS de los medicamentos ACOD para esa indicación no puede ser objeto de excepción.
El informe destaca que la situación de emergencia sanitaria por la COVID-19 ha impactado en este problema. El tratamiento más habitual de anticoagulación, con Sintrom, requiere que los pacientes acudan regularmente al centro de salud para efectuar controles de su evolución, algo que no precisa el uso de los medicamentos ACOD.
«Los servicios autonómicos de salud adoptaron medidas en los meses de pandemia para limitar que los pacientes tuvieran que acudir a los centros, de forma que, excepcionalmente, han posibilitado el cambio de tratamiento, siempre que fuera clínicamente procedente. Pero la situación descrita está impactando de otra manera y ya se han recibido algunas quejas de pacientes que han superado en primera instancia la COVID-19, pero que padecen a consecuencia de esta enfermedad problemas de riesgo grave de repetición de trombosis y necesitan anticoagulación», apunta el Defensor.
«La excepción de financiación para esa indicación hace que no pueda financiarse un tratamiento con medicamento ACOD en esos casos, aunque el especialista que atiende al paciente considere que es el más beneficioso», lamenta en última instancia la institución.