El Gobierno aclara que no exonerará de cotizaciones a empresas en ERTEs que no cumplan con el envío de datos

El Gobierno ha utilizado el macrodecreto económico aprobado ayer para «ajustar algunas imprecisiones» sobre el régimen de exención de cuotas a las empresas acogidas a expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs) vinculados a la crisis sanitaria.

En concreto, el Ejecutivo precisa que no será posible aplicar exoneraciones en las cotizaciones de empresas sometidas a ERTEs vinculados al Covid-19 «sin cumplir el requisito de suministrar por medios electrónicos los datos relativos a inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos, así como los referidos a la cotización y recaudación».

Así lo señala en el texto del decreto, que entrará en vigor mañana tras su publicación este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El Gobierno también introduce en esta norma una aclaración sobre los aspectos presupuestarios de la prestación extraordinaria para los autónomos afectados por la suspensión de actividades durante el estado de alarma o por la reducción de sus ingresos con motivo de la crisis del coronavirus.

Así, el Ejecutivo precisa que las cuotas por las que no exista obligación de cotizar irán a cargo de los Presupuestos de la Seguridad Social en el caso de la aportación por contingencias comunes; de las mutuas o entidad gestora correspondiente en el caso de las contingencias profesionales y cese de actividad, y con cargo a los presupuestos de las entidades correspondientes en el caso de resto de aportaciones.

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