El Gobierno espera abordar con el nuevo marco concursal los casos acumulados en la pandemia por la moratoria

El Gobierno espera abordar con el nuevo marco normativo concursal que resulte de la reforma que ahora mismo tramita el Congreso los casos acumulados durante la pandemia a raíz de la moratoria aprobada por la situación de excepcionalidad económica.

Así lo ha manifestado en el Congreso el secretario general técnico del Ministerio de Justicia, Jacobo Fernández Álvarez, recordando que los plazos comprometidos con la Comisión Europea para esta reforma en el Plan de Recuperación contemplan tenerla en marcha en julio de 2022 y la moratoria alcanza hasta este mes de junio.

En su intervención ante la Comisión de Justicia de la Cámara Baja, que ha abierto la ronda de comparecencias para explicar la reforma concursal, Fernández ha reconocido la relación de estos plazos y que el Gobierno espera que la nueva norma «pueda lidiar con las situaciones y el contexto extraordinario» vivido durante la pandemia.

LA REFORMA MÁS PROFUNDA EN CASI 20 AÑOS

Este alto cargo del Ministerio de Justicia ha destacado que el proyecto, que tiene origen en la trasposición de la directiva europea de los marcos y procedimientos de reestructuración, exoneración de deuda y de insolvencia, es la mayor reforma en este ámbito desde 2003.

Todo ello con el fin de limitar las situaciones de concurso a las empresas «que realmente lo necesiten», mejorar su eficiencia y agilizar unos tiempos medios que, ha lamentado, acaban propiciando situaciones de liquidación y no de convenio de acreedores.

Los nuevos planes de reestructuración –que no acuerdo, cuya terminología se sustituye– implican una reestructuración más amplia del pasivo con el fin de incentivar la continuidad de la empresa, permitiendo la modificación de las condiciones y la composición del pasivo, la estructura de los activos y el pasivo o su estructura de capital, pero también la venta de activos, de parte de la empresa o propiciando cambios operativos.

AGILIZAR Y MEJORAR LA EFICIENCIA

Asimismo, se introduce una nueva figura, la del experto de reestructuración como mediador, que facilite la negociación, asista a deudores con poca experiencia y resuelva controversias.

Otras medidas de agilización y de eficiencia de los concursos es el examen de la solicitud a la mayor brevedad por parte del juez, la supresión de la obligatoriedad de presentar un plan de liquidación o la venta de unidades productivas, y medidas para evitar la «profunda asimetría» entre acuerdos de reestructuración y el convenio concursal.

MARCO ESPECÍFICO DE PYMES

La reforma contempla medidas para adaptar la normativa a las características de las micropymes, con un proceso específico para estas, más flexible y abreviado, ha dicho, para simplificar y abaratar sus costes, con una plataforma de liquidación donde volcar activos de todos los procedimientos de empresas en liquidación y la posibilidad de vender a clientes a través de subastas electrónicas periódicas.

El alto cargo del Ministerio de Justicia ha explicado que se trata de una medida que, además, permitirá descargar carga de trabajo de los juzgados, una cuestión también abordada con reforma de la Ley del Poder Judicial y una reordenación de las tareas, entre los Juzgados de lo Mercantil y los Juzgados de Primera Instancia.

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El Gobierno espera abordar con el nuevo marco concursal los casos acumulados en la pandemia por la moratoria

El Gobierno espera abordar con el nuevo marco normativo concursal que resulte de la reforma que ahora mismo tramita el Congreso los casos acumulados durante la pandemia a raíz de la moratoria aprobada por la situación de excepcionalidad económica.

Así lo ha manifestado en el Congreso el secretario general técnico del Ministerio de Justicia, Jacobo Fernández Álvarez, recordando que los plazos comprometidos con la Comisión Europea para esta reforma en el Plan de Recuperación contemplan tenerla en marcha en julio de 2022 y la moratoria alcanza hasta este mes de junio.

En su intervención ante la Comisión de Justicia de la Cámara Baja, que ha abierto la ronda de comparecencias para explicar la reforma concursal, Fernández ha reconocido la relación de estos plazos y que el Gobierno espera que la nueva norma «pueda lidiar con las situaciones y el contexto extraordinario» vivido durante la pandemia.

LA REFORMA MÁS PROFUNDA EN CASI 20 AÑOS

Este alto cargo del Ministerio de Justicia ha destacado que el proyecto, que tiene origen en la trasposición de la directiva europea de los marcos y procedimientos de reestructuración, exoneración de deuda y de insolvencia, es la mayor reforma en este ámbito desde 2003.

Todo ello con el fin de limitar las situaciones de concurso a las empresas «que realmente lo necesiten», mejorar su eficiencia y agilizar unos tiempos medios que, ha lamentado, acaban propiciando situaciones de liquidación y no de convenio de acreedores.

Los nuevos planes de reestructuración –que no acuerdo, cuya terminología se sustituye– implican una reestructuración más amplia del pasivo con el fin de incentivar la continuidad de la empresa, permitiendo la modificación de las condiciones y la composición del pasivo, la estructura de los activos y el pasivo o su estructura de capital, pero también la venta de activos, de parte de la empresa o propiciando cambios operativos.

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Asimismo, se introduce una nueva figura, la del experto de reestructuración como mediador, que facilite la negociación, asista a deudores con poca experiencia y resuelva controversias.

Otras medidas de agilización y de eficiencia de los concursos es el examen de la solicitud a la mayor brevedad por parte del juez, la supresión de la obligatoriedad de presentar un plan de liquidación o la venta de unidades productivas, y medidas para evitar la «profunda asimetría» entre acuerdos de reestructuración y el convenio concursal.

MARCO ESPECÍFICO DE PYMES

La reforma contempla medidas para adaptar la normativa a las características de las micropymes, con un proceso específico para estas, más flexible y abreviado, ha dicho, para simplificar y abaratar sus costes, con una plataforma de liquidación donde volcar activos de todos los procedimientos de empresas en liquidación y la posibilidad de vender a clientes a través de subastas electrónicas periódicas.

El alto cargo del Ministerio de Justicia ha explicado que se trata de una medida que, además, permitirá descargar carga de trabajo de los juzgados, una cuestión también abordada con reforma de la Ley del Poder Judicial y una reordenación de las tareas, entre los Juzgados de lo Mercantil y los Juzgados de Primera Instancia.

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