Afectados por el no concierto de Guetta reclaman daños al Ayuntamiento de Santander

Tras la demanda colectiva y la querella criminal impulsada por un millar de afectados contra La Campa, Delfuego y Heart of Gold

Los abogados Alvaro Sánchez Pego y María Antonia Vidal de la Peña, que representan a un millar de afectados por la cancelación del concierto del DJ francés David Guetta el pasado 28 de julio en Santander, han presentado una reclamación de indemnización por daños y perjuicios al Ayuntamiento de Santander, al considerar que fue el organizador del espectáculo y que «no actuó correctamente».

La reclamación, presentada este lunes y consultada por Europa Press, se suma a la demanda colectiva y la querella criminal por presuntos delitos de estafa, apropiación indebida y alzamiento de bienes presentada en nombre de este millar de afectados contra la UTE La Campa -a la que el Ayuntamiento de Santander adjudicó los conciertos de la Semana Grande-, y las empresas que la integran, la cántabra Delfuego Booking -en concurso de acreedores-, y la madrileña Heart of Gold Producciones.

«Creemos que sin perjuicio de la vía penal por los delitos de alzamiento, apropiación u otros que hubieren cometido» los promotores, «también hay una responsabilidad del Ayuntamiento», ha señalado Sánchez Pego.

La reclamación administrativa señala que el concierto de Guetta era un espectáculo organizado por el propio Ayuntamiento dentro de las fiestas de la Semana Grande, «lo que hace que le corresponda responder de los daños causados a los ciudadanos como consecuencia de la anulación del evento, sin perjuicio -añade- de su derecho a repetir contra la UTE La Campa.

Y cita jurisprudencia del Tribunal Supremo que «ya desde hace tiempo viene considerando que ante fiestas municipales organizadas o patrocinadas por el Ayuntamiento, él es el responsable de los daños que se puedan generar a los ciudadanos, con independencia de que la gestión de las mismas se haya realizado por comisiones o, incluso, por entidades con personalidad jurídica independiente», como es el caso.

«Aunque el Ayuntamiento enmascara la operación bajo la apariencia de una autorización para el uso especial del dominio público, lo cierto es que en puridad se trata de la prestación de un servicio para el Ayuntamiento (la organización de los conciertos de la Semana Grande) que requiere, de manera adicional y accesoria, el uso de un espacio de naturaleza demanial», añade el documento.

Puesto que es una actividad que «organiza» el Ayuntamiento, que «licita y en las que controla todos los aspectos desde los artísticos hasta los aspectos técnicos y económicos de la oferta», la reclamación concluye que «estamos, en definitiva, ante un verdadero contrato administrativo y, por consiguiente, responde el Ayuntamiento ante los ciudadanos y es él quien podrá repetir después contrael contratista si lo considera oportuno».

«MAL FUNCIONAMIENTO DEL AYUNTAMIENTO»

Asimismo, considera que ha existido «un mal funcionamiento» por parte del Ayuntamiento, porque «no vigiló la correcta solvencia económica del contratista que actualmente es insolvente, ni el aseguramiento del riesgo mediante un seguro que cubriera losdaños que pudiera causar si, como de hecho ha ocurrido, se cancelaran los conciertos».

Y añade que «ambas cuestiones deberían haber sido correctamente comprobadas conforme a los pliegos que regían el otorgamiento de la autorización demanial y, sin embargo, ambos aspectos han resultadofallidos».

Los abogados han precisado que la reclamación se ha efectuado «con unos pocos perjudicados» para evitar las costas en el caso de que tengan que ir al contencioso administrativo.

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